El delito de lesiones en el Código Penal
En España, el artículo 147 del Código Penal castiga a quien, por cualquier medio o procedimiento, causa a otro una lesión que menoscaba su integridad corporal o su salud física o mental. La gravedad depende sobre todo del tipo de lesión, del resultado y del medio empleado:
- Lesión que requiere tratamiento médico o quirúrgico además de una primera asistencia facultativa: prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses. La simple vigilancia o seguimiento del curso de la lesión no cuenta como tratamiento.
- Lesión leve y maltrato de obra sin lesión: son delitos leves castigados con multa, que solo se persiguen si la persona agraviada denuncia.
- Lesiones agravadas (artículo 148): prisión de dos a cinco años si se han usado armas u objetos peligrosos, si hay ensañamiento o alevosía o si la víctima es menor de catorce años o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, entre otros casos.
- Pérdida de un órgano o miembro principal, de un sentido o grave deformidad (artículo 149): prisión de seis a doce años. Si es un órgano o miembro no principal, o una deformidad no grave, de tres a seis años (artículo 150).
- Riña tumultuaria (artículo 154): quienes participan en una pelea confusa utilizando medios peligrosos para la vida o la integridad responden por su participación, aunque no se sepa quién causó cada lesión.
- Lesiones por imprudencia (artículo 152): por ejemplo, en accidentes de tráfico, en accidentes de trabajo en una empresa, en los que además intervienen las prestaciones de la Seguridad Social, o por el ataque de animales peligrosos mal custodiados. Si la imprudencia es grave, se castigan con prisión o multa según el resultado; si es menos grave, con multa. Cuando se cometen con un vehículo se añade la privación del derecho a conducir, y si hay imprudencia profesional, la inhabilitación para el ejercicio de la profesión.
Cuando la víctima es o ha sido esposa o pareja del agresor, o una persona especialmente vulnerable que convive con él, el maltrato o la lesión leve se castiga como delito del artículo 153.1, con prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad; si la víctima es otro miembro del entorno familiar, se aplica el apartado 2 del mismo artículo. Además se impone la privación del derecho a la tenencia y porte de armas y, en estos casos, la prohibición de aproximarse a la víctima es obligatoria (artículo 57.2). Los casos de violencia de género los tramitan las secciones de violencia sobre la mujer del Tribunal de Instancia. Las lesiones también pueden producirse en el curso de otros delitos, como un robo con violencia, y entonces se castigan junto a ellos.
La prueba: el parte médico y el informe forense
En un caso de lesiones la calificación depende del informe del médico forense, que valora las lesiones, los días de curación y las secuelas. Por eso el parte de urgencias del día de los hechos, las fotografías y los informes médicos posteriores son decisivos, tanto para la víctima que reclama como para la defensa que discute el resultado, su origen o el modo en que se produjo. También pesan las declaraciones de testigos y las grabaciones de cámaras, y en la defensa son habituales las alegaciones de legítima defensa o de falta de dolo.
Además de la pena, el responsable debe indemnizar a la víctima por los días de curación, las secuelas y los gastos médicos. Los tribunales suelen tomar como referencia para su valoración el baremo de tráfico, y la reparación del daño antes del juicio puede atenuar la pena. En los accidentes de circulación, la indemnización la paga normalmente el seguro del vehículo, y la víctima puede reclamarla en la vía penal o reservar las acciones para la vía civil.
El procedimiento en Santa Cruz de Tenerife
Tras los hechos, la denuncia puede presentarse en comisaría, en el cuartel de la Guardia Civil o en el juzgado de guardia. La instrucción corresponde a la sección de instrucción del Tribunal de Instancia del partido judicial donde ocurrieron los hechos: Santa Cruz de Tenerife, San Cristóbal de La Laguna, Arona, Granadilla de Abona, La Orotava, Puerto de la Cruz, Icod de los Vinos o Güímar, entre otros. Muchas agresiones se tramitan como juicio rápido, con citación a juicio en pocos días si se trata de un delito flagrante. Las lesiones castigadas con hasta cinco años de prisión las juzga la sección de lo penal del Tribunal de Instancia; las más graves, la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Contra la sentencia o cualquier otra resolución que ponga fin al proceso cabe recurso, y en cada fase del procedimiento la defensa del acusado y la acusación de la víctima pueden llegar a un acuerdo de conformidad.
Qué buscar en un bufete de abogados de lesiones en Santa Cruz de Tenerife
- Especialistas en derecho penal con experiencia en delitos contra la integridad física, tanto en la defensa como en la acusación particular y en las reclamaciones de indemnización.
- Capacidad para el análisis y estudio del informe forense y de la documentación médica y, si hace falta, aportar expertos propios.
- Rapidez para reunir pruebas como grabaciones de cámaras o testigos antes de que se pierdan, y disponibilidad para actuar en cualquier punto de la isla.
- Servicios que cubran también otras ramas cuando el caso lo exige, como la reclamación civil de la indemnización o la defensa en un procedimiento de violencia sobre la mujer.
- Información clara sobre la pena posible según las circunstancias del caso, la indemnización y las alternativas, como la conformidad, sin promesas de resultado, y asesoramiento que proteja los intereses del cliente en cada actuación.
- Colegiación en el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife o práctica acreditada ante los tribunales penales de la provincia.
Para otros delitos, consulta el ranking general de abogados penalistas en Santa Cruz de Tenerife.