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Usucapión

Categoría: Civil

Definición: La usucapión (o prescripción adquisitiva) es el modo de adquirir la propiedad y otros derechos reales mediante la posesión continuada en concepto de dueño durante el plazo legal. Se regula en los arts. 1.930 a 1.960 del Código Civil y se distingue en usucapión ordinaria (con buena fe y justo título) y extraordinaria (sin requisitos cualificados).

La usucapión convierte una situación de hecho (posesión prolongada) en una situación de derecho (titularidad). Es un mecanismo de seguridad jurídica que evita la perpetuidad de los conflictos posesorios y la «acción reivindicatoria» indefinida.

Requisitos generales (art. 1.940 CC):

Tipos de usucapión:

Plazos:

Cosa Ordinaria Extraordinaria
Bienes muebles 3 años (art. 1.955 CC) 6 años
Bienes inmuebles 10 años entre presentes, 20 entre ausentes (art. 1.957 CC) 30 años (art. 1.959 CC)

Interrupción de la usucapión (arts. 1.945-1.948 CC):

Renuncia: la usucapión consumada puede ser renunciada por el favorecido (art. 1.935 CC), pero no la mera expectativa.

Especialidades:

Inscripción registral tras la usucapión: el usucapiente puede inscribir la propiedad mediante expediente de dominio notarial o judicial. La presunción del art. 35 LH puede facilitar la prueba de la usucapión a favor del titular registral.

Fuentes oficiales: Código Civil (BOE) · Ley Hipotecaria (BOE)

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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