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Servidumbre

Categoría: Civil

Definición: La servidumbre es el gravamen impuesto sobre un inmueble (predio sirviente) en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño (predio dominante) o de una o varias personas. Es un derecho real limitado que restringe las facultades del propietario del predio sirviente. Se regula en los arts. 530 a 604 del Código Civil.

La servidumbre es uno de los derechos reales limitados más antiguos y útiles del Derecho Civil. Permite el aprovechamiento parcial y específico de una finca ajena para satisfacer necesidades del predio dominante o de personas determinadas.

Clasificación (arts. 532-534 CC):

Servidumbres legales más frecuentes:

Constitución (arts. 537-545 CC):

Extinción (arts. 546-548 CC): por consolidación (mismo dueño de ambos predios), no uso durante 20 años, expiración del plazo o cumplimiento de condición, renuncia, redención.

Fuentes oficiales: Código Civil (BOE) · Colegio de Registradores

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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