Robo con violencia o intimidación
Categoría: Penal
Definición: El robo con violencia o intimidación en las personas es la modalidad agravada del robo en la que el apoderamiento de cosas muebles ajenas se realiza empleando fuerza física o amenaza sobre la víctima (art. 242 del Código Penal). Se castiga con prisión de dos a cinco años.
El robo con violencia o intimidación en las personas es la modalidad más grave del delito de robo. Consiste en apoderarse de una cosa mueble ajena empleando fuerza física o amenaza sobre la víctima. Lo regula el artículo 242 del Código Penal (CP) y se castiga con prisión de dos a cinco años.
Se conoce coloquialmente como atraco. A diferencia del robo con fuerza en las cosas, aquí la agresión recae sobre la persona, no sobre un obstáculo. El bien jurídico protegido es el patrimonio y, además, la integridad y la libertad de la víctima.
Elementos del robo con violencia o intimidación
El robo con violencia exige varios elementos. Debe existir un apoderamiento de una cosa mueble ajena con ánimo de lucro. Y ese apoderamiento debe realizarse mediante violencia o intimidación en las personas.
La violencia es el empleo de fuerza física sobre la víctima, como un empujón, un forcejeo o un golpe. La intimidación es el anuncio de un mal inminente que doblega la voluntad de la persona, por ejemplo apuntar con un arma. Basta cualquiera de las dos para aplicar el artículo 242 CP.
Diferencia entre robo con violencia y robo con fuerza
La diferencia entre robo con violencia y robo con fuerza está en dónde recae la agresión. En el robo con fuerza en las cosas (artículos 238 a 241 CP), el autor vence un obstáculo, como forzar una puerta o usar llaves falsas. La víctima no sufre agresión física.
En el robo con violencia o intimidación, en cambio, la agresión se dirige contra la persona. Esta distinción es esencial, porque el robo con violencia tiene penas más graves y no admite la modalidad de robo de escaso valor. También se diferencia del hurto, que no emplea ni fuerza ni violencia.
El tirón y otros supuestos de violencia
El tirón de bolso o de cadena es un supuesto habitual. La jurisprudencia lo califica como robo con violencia cuando el autor emplea una fuerza que va más allá de la simple destreza, sobre todo si derriba o arrastra a la víctima.
Cuando el tirón se produce con mera habilidad y sin violencia sobre la persona, los tribunales lo consideran hurto. La intensidad de la fuerza y su incidencia sobre la víctima determinan la calificación en cada caso.
Subtipos agravados del artículo 242 CP
El artículo 242 CP prevé varios subtipos que modulan la pena según las circunstancias del hecho:
- Robo en casa habitada, edificio o local abiertos al público o sus dependencias: prisión de tres años y seis meses a cinco años.
- Uso de armas u otros medios igualmente peligrosos: la pena se impone en su mitad superior.
- Menor entidad de la violencia o intimidación: el tribunal puede rebajar la pena en un grado, valorando las restantes circunstancias.
El uso de armas es la agravación más frecuente. Comprende tanto las armas de fuego como los objetos peligrosos, como cuchillos o navajas. La agravante se aplica aunque el arma no llegue a dispararse o a causar lesiones.
Concurso con lesiones y otros delitos
El artículo 242 CP castiga el apoderamiento sin perjuicio de la pena que corresponda por los actos de violencia física. Si el autor causa lesiones a la víctima, responde además por el delito de lesiones en concurso.
Cuando la violencia provoca la muerte de la víctima, se aprecia un concurso con el homicidio o el asesinato. La respuesta penal suma entonces la gravedad del ataque al patrimonio y la del ataque a la vida o la integridad.
Penas del robo con violencia en España
El siguiente cuadro resume las penas de prisión del robo con violencia o intimidación según el artículo 242 CP:
| Supuesto | Pena de prisión | Artículo CP |
|---|---|---|
| Robo con violencia o intimidación (tipo básico) | 2 a 5 años | 242.1 |
| En casa habitada o local abierto al público | 3 años y 6 meses a 5 años | 242.2 |
| Con armas o medios peligrosos | Mitad superior de la pena | 242.3 |
| Violencia o intimidación de menor entidad | Pena inferior en grado | 242.4 |
La reincidencia y la pertenencia a un grupo organizado agravan la respuesta penal. El juez valora el arma empleada, el lugar del hecho y la intensidad de la violencia para fijar la pena concreta.
Preguntas frecuentes sobre el robo con violencia
¿Qué se considera robo con violencia o intimidación?
Se considera robo con violencia apoderarse de una cosa mueble ajena empleando fuerza física o amenaza sobre la víctima. Es la modalidad de robo regulada en el artículo 242 del Código Penal.
¿Qué diferencia hay entre robo con violencia y robo con fuerza?
En el robo con violencia la agresión recae sobre la persona. En el robo con fuerza, el autor vence un obstáculo, como una puerta o una cerradura, sin agredir a nadie.
¿Cuántos años de prisión conlleva el robo con violencia?
El tipo básico se castiga con dos a cinco años de prisión. La pena se eleva en casa habitada y se impone en su mitad superior cuando se emplean armas o medios peligrosos.
¿El tirón es robo con violencia?
Depende de la fuerza empleada. Si el tirón supone violencia sobre la víctima, sobre todo si la derriba, es robo con violencia. Si es mera destreza sin violencia, se considera hurto.
¿Qué ocurre si el atraco causa lesiones?
El robo con violencia se castiga sin perjuicio de la pena por los actos de violencia física. Si hay lesiones, el autor responde además por el delito de lesiones en concurso.
Normativa aplicable
- Art. 242.1 CP (tipo básico)
- Art. 242.2 CP (casa habitada)
- Art. 242.3 CP (armas o medios peligrosos)
- Art. 242.4 CP (menor entidad)
- Art. 237 CP (concepto de robo)
- Arts. 238-241 CP (robo con fuerza)