Robo con violencia o intimidación
Categoría: Penal
Definición: El robo con violencia o intimidación en las personas es la modalidad agravada del robo en la que el apoderamiento de cosas muebles ajenas se realiza empleando fuerza física o amenaza contra una persona. Está tipificado en el art. 242 del Código Penal y se castiga con prisión de 2 a 5 años, con agravantes específicos.
El robo con violencia o intimidación exige que el medio comisivo recaiga sobre una persona, no sobre las cosas. La violencia implica acometimiento físico; la intimidación, amenaza idónea para vencer la voluntad de la víctima.
Penas (art. 242 CP):
- Tipo básico: prisión de 2 a 5 años.
- Casa habitada, edificio o local abierto al público o cualquiera de sus dependencias: prisión de 3 años y 6 meses a 5 años (art. 242.2 CP).
- Uso de armas u otros medios peligrosos: 3 años y 6 meses a 5 años en su mitad superior; 4 años y 6 meses a 6 años si concurre además casa habitada (art. 242.3 CP).
El art. 242.4 CP permite al juez imponer la pena inferior en grado en atención a la menor entidad de la violencia o intimidación y a las restantes circunstancias del hecho.
La jurisprudencia consolidada del TS considera robo violento cuando la fuerza se ejerce tras el apoderamiento para asegurar la fuga o la posesión de lo sustraído (STS 2ª 463/2018), aplicando el principio de unidad del acto.
Fuentes oficiales: Código Penal (BOE) · Buscador CENDOJ — jurisprudencia
Normativa aplicable
- Art. 237 CP (concepto de robo)
- Art. 242 CP (modalidad violenta)
- Art. 242.2 CP (casa habitada)
- Art. 242.3 CP (armas u otros medios peligrosos)
- Art. 242.4 CP (atenuación por menor entidad)