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Accesión

Categoría: Civil

Definición: La accesión es el modo de adquirir la propiedad por el que el propietario de una cosa adquiere lo que se le une o incorpora, natural o artificialmente, conforme al principio de que lo accesorio sigue a lo principal. Se regula en los arts. 353 a 383 del Código Civil y distingue accesión por producción (frutos) e incorporación (construcción, siembra, plantación).

La accesión opera por la fuerza expansiva del derecho de propiedad: lo que la cosa produce o lo que a ella se une, pertenece a su dueño. Es modo de adquirir mencionado en el art. 609 CC junto con la ocupación, la donación, la sucesión, los contratos y la prescripción.

Clases:

Accesión inmobiliaria (arts. 358-365 CC):

Accesión mobiliaria (arts. 375-381 CC):

Buena fe vs. mala fe: la condición subjetiva del actuante (creer o no que la cosa o el suelo era suyo) modifica decisivamente las consecuencias indemnizatorias.

Fuentes oficiales: Código Civil (BOE) · Buscador CENDOJ

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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