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Propiedad

Categoría: Civil

Definición: La propiedad es el derecho real pleno por el que el titular puede gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas por la ley (art. 348 del Código Civil). Es el derecho real más extenso e incluye facultades de uso, disfrute, disposición y exclusión, dentro de su función social (art. 33 CE).

El art. 348 CC define la propiedad como el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes. Es el derecho real por excelencia y se proyecta sobre la totalidad del bien.

Facultades del propietario:

Garantía constitucional (art. 33 CE):

Adquisición de la propiedad (art. 609 CC):

Modos de pérdida:

Limitaciones legales (función social):

Modalidades especiales: propiedad horizontal (edificios), propiedad intelectual e industrial, propiedad ganancial (matrimonio), propiedad comunal (comunidades de vecinos), copropiedad pro indiviso.

Fuentes oficiales: Código Civil (BOE) · Constitución Española art. 33 (BOE) · Colegio de Registradores

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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