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Buena fe

Categoría: Civil

Definición: La buena fe es un principio general del derecho que exige a quienes participan en una relación jurídica un comportamiento honesto, leal y conforme a las expectativas razonables del tráfico. El art. 7.1 del Código Civil establece que los derechos deben ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.

La buena fe es uno de los principios estructurales del derecho privado. Tiene dos manifestaciones clásicas:

Manifestaciones jurisprudenciales recurrentes:

Consecuencias prácticas: el incumplimiento del estándar de buena fe puede integrarse en figuras como el dolo del art. 1.107 CC (que amplía el alcance de la indemnización), la nulidad por causa torpe o el abuso de derecho. Es un principio interpretativo y, a la vez, fuente de obligaciones implícitas en todo contrato.

Fuentes oficiales: Texto legal en el BOE · Buscador CENDOJ — jurisprudencia

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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