Abogados de herencias en Murcia: cuándo hacen falta
Muchas herencias en Murcia se cierran en la notaría sin conflicto: hay testamento, los herederos están de acuerdo y basta con inventariar los bienes, liquidar el Impuesto de Sucesiones y firmar la adjudicación. Los abogados especialistas en herencias entran cuando algo se complica: no hay testamento, un heredero no firma, alguien se siente perjudicado en su legítima, la herencia trae deudas o hay inmuebles en proindiviso que nadie quiere comprar. En esos supuestos, un buen asesoramiento al principio ahorra años de procedimiento y muchos problemas entre familiares, tanto en Murcia capital como en el resto de la Región.
En la Región de Murcia no existe derecho civil foral propio, así que las herencias se rigen íntegramente por el Código Civil. Los asuntos contenciosos se tramitan ante la sección civil del Tribunal de Instancia (los antiguos Juzgados de Primera Instancia) del partido judicial donde tuviera su último domicilio el fallecido (Murcia, Cartagena, Molina de Segura, Lorca y el resto de partidos de la Región), y las apelaciones llegan a la Audiencia Provincial de Murcia.
Pasos para tramitar una herencia en Murcia
La gestión de una herencia sigue casi siempre el mismo proceso, sea cual sea la situación de cada familia:
- Certificado de defunción, en el Registro Civil.
- Certificado de últimas voluntades, que se puede pedir pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento y dice si el causante otorgó testamento y ante qué notario.
- Copia autorizada del testamento o, si no lo hay, declaración de herederos ante notario.
- Inventario y valoración del caudal hereditario: inmuebles, cuentas, vehículos, participaciones en empresas familiares y deudas, con peritos expertos cuando hay fincas o inmuebles de valor discutido.
- Aceptación o renuncia de cada heredero, pura o a beneficio de inventario.
- Impuesto de Sucesiones, en el plazo de seis meses desde el fallecimiento.
- Partición y adjudicación de los bienes, normalmente en escritura notarial.
- Inscripción en el Registro de la Propiedad y pago de la plusvalía municipal en el ayuntamiento donde estén los inmuebles.
Herencia sin testamento: la declaración de herederos
Cuando el fallecido no hizo testamento, la ley designa a los herederos. Desde la Ley 15/2015 de la Jurisdicción Voluntaria, la declaración de herederos abintestato se tramita ante notario en todos los casos, también cuando heredan hermanos o sobrinos. El orden es el del Código Civil: primero los hijos y descendientes, después los padres y ascendientes, luego el cónyuge viudo y, por último, los colaterales hasta el cuarto grado. Si no hay ninguno, hereda el Estado.
El trámite exige acreditar la identificación del causante, su último domicilio y el parentesco, normalmente con dos testigos. La asistencia de abogado en la notaría no es obligatoria, pero resulta útil cuando hay hijos de distintas relaciones, herederos en el extranjero o dudas sobre quién tiene derecho a qué. Un caso frecuente: el cónyuge separado legalmente o de hecho no hereda sin testamento ni tiene legítima (artículos 834 y 945 del Código Civil), aunque todavía no haya sentencia de divorcio, y eso cambia el reparto entre los demás familiares.
Legítima, reparto y desheredación
El testador no puede disponer libremente de todo su patrimonio. Las personas con derecho a legítima son los hijos y descendientes, a falta de ellos los padres y ascendientes, y el cónyuge viudo. Según el artículo 808 del Código Civil, la herencia se divide en tres tercios cuando hay hijos: el tercio de legítima estricta, que se reparte por igual entre ellos; el tercio de mejora, que puede asignarse a uno o varios hijos o descendientes; y el tercio de libre disposición. El cónyuge viudo que concurre con hijos tiene derecho al usufructo del tercio de mejora (artículo 834).
Desheredar a un heredero forzoso solo es válido por las causas tasadas de los artículos 848 a 857 del Código Civil y tiene que constar en el testamento con la causa expresa. Si la causa no se prueba, el desheredado puede reclamar su legítima. Si el testamento lesiona la legítima de alguien, la acción de complemento del artículo 815 permite reclamar la diferencia.
Conflictos entre herederos y división de la herencia
Cuando no hay acuerdo para el reparto, hay tres vías. La primera es negociar con abogado una partición que todos firmen. La segunda es pedir un contador-partidor dativo ante notario (artículo 1057 del Código Civil), que hace la partición si lo solicitan herederos que representen al menos el 50 % del caudal.La tercera es el procedimiento judicial de división de la herencia de los artículos 782 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que incluye la formación de inventario, el nombramiento de contador y la resolución del juzgado sobre la adjudicación. Cada vía exige estrategias distintas y conviene elegirla con el asesoramiento de profesionales con experiencia.
En Murcia es habitual que, tras la partición, varios hermanos queden como copropietarios de una vivienda o de una parcela en la huerta. Nadie está obligado a permanecer en la comunidad (artículo 400 del Código Civil): cualquiera de ellos puede pedir la división de la cosa común y, si el bien no admite reparto físico, su venta y el reparto del precio.
Herencias con deudas: aceptar a beneficio de inventario o renunciar
Aceptar una herencia pura y simplemente supone responder de las deudas del fallecido también con el patrimonio propio. Para evitarlo, el artículo 1010 del Código Civil permite aceptar a beneficio de inventario: el heredero solo responde hasta donde alcancen los bienes heredados. La otra opción es renunciar, siempre en documento público ante notario (artículo 1008).
No hay un plazo general para aceptar, pero cualquier interesado, por ejemplo un acreedor, puede requerir al heredero ante notario. Desde ese momento el heredero tiene 30 días naturales para aceptar o repudiar; si no contesta, se entiende que acepta pura y simplemente (artículo 1005).
Impuesto de Sucesiones en la Región de Murcia
El Impuesto de Sucesiones es un tributo estatal cedido a las comunidades autónomas, y en Murcia lo gestiona la Agencia Tributaria de la Región de Murcia. El plazo para presentarlo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide dentro de los cinco primeros meses. La Región aplica una bonificación del 99 % de la cuota a los herederos de los grupos I y II (descendientes, cónyuge y ascendientes), pero la autoliquidación hay que presentarla igualmente: no presentarla en plazo genera recargos aunque la cuota final sea casi nula.
Aparte está la plusvalía municipal (impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana), que se paga en el ayuntamiento de cada inmueble urbano heredado, y la inscripción en el Registro de la Propiedad.
Impugnación de testamento
Un testamento se puede impugnar por falta de capacidad del testador al otorgarlo, por defectos de forma, por haber sido otorgado bajo violencia, intimidación o engaño, o por preterición de un heredero forzoso. El notario deja constancia de que, a su juicio, el testador tiene capacidad, así que quien impugna debe aportar prueba sólida, normalmente informes médicos y periciales del momento del otorgamiento. Es uno de los procedimientos donde más pesa la experiencia del despacho de abogados en este tipo de prueba, tanto en la defensa de los intereses del heredero perjudicado como en la del testamento impugnado.
Cómo elegir abogado de herencias en Murcia
Muchos despachos combinan las sucesiones con otras áreas del derecho civil y de familia. Para una herencia con conflicto conviene fijarse en:
- Práctica habitual en sucesiones, no solo en derecho civil general.
- Letrados con dominio de la materia sucesoria y un trato cercano con los clientes y sus familias, porque muchas herencias se complican por conflictos personales más que jurídicos.
- Un despacho con sede en la Región o con servicio habitual en sus notarías y juzgados.
- Experiencia en división judicial de herencias y en división de cosa común, si el caso apunta a juicio.
- Coordinación con notaría, asesoría fiscal y Registro para cerrar la tramitación sin idas y vueltas.
- Un equipo que revise toda la documentación (escrituras, extractos bancarios, testamentos anteriores) antes de proponer una solución.
- Explicación clara, desde la primera reunión, de qué vía conviene (acuerdo, contador-partidor o juzgado) y por qué.
- Colegiación en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Murcia (ICAMUR) o en otro colegio, con práctica real en la Región.
Si la herencia incluye bienes en otra comunidad autónoma o en el extranjero, pregunta también cómo coordinará el despacho la parte fiscal y registral de cada lugar.