Derecho laboral en Benidorm: la hostelería turística como eje de la práctica
La economía de Benidorm descansa sobre un único sector: el turismo. Con más de ciento treinta hoteles —incluyendo establecimientos de grandes cadenas como Sandos, Magic Natura, Barceló, Bali, Meliá, RIU y Medplaya— y una oferta de apartamentos, restaurantes y bares que emplea directamente a más de quince mil trabajadores en temporada alta, Benidorm es la ciudad española con mayor concentración de empleo hostelero por habitante. Esta realidad convierte al derecho laboral de la hostelería turística en el núcleo de la práctica de los abogados laboralistas de la ciudad.
El Ilustre Colegio de Abogados de Alicante (ICAL) integra a los abogados laboralistas que ejercen en Benidorm. El comité editorial de RankingAbogados.es ha evaluado a los candidatos a este ranking valorando su especialización en las materias laborales de mayor relevancia en el mercado de Benidorm: el Convenio Colectivo de Hostelería de la Comunitat Valenciana, el fijo-discontinuo en el sector turístico, los accidentes laborales en hostelería y construcción, la hostelería nocturna de la zona de ocio, y los trabajadores de temporada procedentes de otras comunidades autónomas. La capacidad para atender a trabajadores de otras nacionalidades —especialmente de los países de América Latina con mayor presencia en el sector hostelero— ha sido también un criterio de valoración.
Convenio Colectivo de Hostelería de la Comunitat Valenciana
El Convenio Colectivo del Sector de la Hostelería de la Comunitat Valenciana es el instrumento normativo que regula las condiciones de trabajo de los empleados de hoteles, restaurantes, bares y establecimientos de ocio en Benidorm. Este convenio sectorial establece las categorías profesionales —desde el director de hotel hasta el camarero de barra, el ayudante de cocina o el camarero de habitaciones—, los salarios mínimos por categoría, la jornada máxima anual, el régimen de vacaciones y descansos, los complementos salariales aplicables y el procedimiento de resolución de conflictos colectivos.
La correcta aplicación del convenio colectivo en los grandes hoteles de Benidorm —que emplean centenares de trabajadores en múltiples categorías y turnos— es fuente constante de conflictividad laboral. Los incumplimientos más frecuentes en el sector son: clasificación profesional incorrecta del trabajador en una categoría inferior a las funciones que realmente desempeña, con la correspondiente diferencia de salario; cómputo incorrecto de la jornada anual, especialmente en establecimientos con jornadas partidas o con turnos de fin de semana y festivos; impago o cálculo incorrecto de las horas extraordinarias y de los complementos de nocturnidad y trabajo en festivo; y vacaciones no disfrutadas en los períodos establecidos por el convenio.
El abogado laboralista de Benidorm especializado en hostelería debe conocer en detalle el convenio colectivo vigente —tanto el convenio autonómico como los posibles acuerdos de empresa que puedan mejorar o regular aspectos específicos en determinados hoteles— para poder asesorar tanto al trabajador que considera que su empresa incumple el convenio como al empresario que necesita implementar correctamente las condiciones de trabajo de su plantilla.
El contrato de trabajo fijo-discontinuo en hostelería
La Ley 32/2021 de 28 de diciembre, que reformó en profundidad el mercado de trabajo español, convirtió el contrato de trabajo fijo-discontinuo en el instrumento obligatorio para las actividades estacionales o de temporada que se repiten periódicamente. En el sector de la hostelería turística, el contrato fijo-discontinuo ha sustituido en gran medida a los contratos de obra o servicio determinado y a los contratos temporales por circunstancias de la producción que antes se utilizaban para cubrir la temporada alta.
Benidorm presenta una particularidad respecto a otros destinos turísticos estacionales: la ciudad opera a pleno rendimiento durante los doce meses del año, gracias al turismo senior europeo —principalmente inglés, alemán y nórdico— que se concentra en Benidorm fuera de la temporada estival. Muchos de los grandes hoteles de Benidorm permanecen abiertos durante todo el año, lo que genera debates sobre si sus trabajadores deben ser contratados como fijos-discontinuos o como fijos ordinarios. El criterio de los juzgados de lo social de Alicante sobre esta cuestión, y la presión sindical para convertir en fijos ordinarios a trabajadores que llevan muchos años siendo llamados como fijos-discontinuos en hoteles con actividad continuada, es una materia de gran relevancia práctica.
Las reclamaciones de los trabajadores fijos-discontinuos más frecuentes en Benidorm son: la reclamación de que la relación laboral sea declarada como indefinida ordinaria (y no fijo-discontinua) cuando el hotel opera de forma continuada durante todo el año; la reclamación del derecho a ser llamado para la temporada siguiente cuando la empresa no hace el llamamiento; y la impugnación del despido cuando la empresa no hace el llamamiento de temporada sin causa justificada, lo que equivale a un despido que debe ser declarado procedente, improcedente o nulo según las circunstancias.
Accidentes laborales en hostelería y construcción
El sector de la hostelería genera una tasa significativa de accidentes laborales, especialmente en las cocinas industriales de los grandes hoteles de Benidorm —quemaduras, cortes, caídas por suelos mojados, lesiones musculoesqueléticas por movimientos repetitivos—, en el servicio de habitaciones —caídas, lesiones por manipulación de cargas— y en las instalaciones de mantenimiento. El sector de la construcción de mantenimiento y reforma de hoteles y edificios turísticos genera también una alta siniestralidad, con accidentes graves de caídas en altura que son los de mayor gravedad estadística.
La regulación de los accidentes de trabajo en España establece que cuando el accidente es consecuencia del incumplimiento por el empresario de las normas de prevención de riesgos laborales, el trabajador accidentado tiene derecho a un recargo de prestaciones de la Seguridad Social de entre el treinta y el cincuenta por ciento sobre las prestaciones de incapacidad temporal o permanente que le correspondan (artículo 164 LGSS). Adicionalmente, puede exigir la responsabilidad civil del empresario por los daños adicionales no cubiertos por las prestaciones de la Seguridad Social, ante los juzgados de lo social conforme a la doctrina del Tribunal Supremo.
El artículo 316 del Código Penal tipifica como delito contra los derechos de los trabajadores la conducta del responsable legal de la empresa que, estando obligado a facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, no lo haga y con ello ponga en peligro grave su vida, su salud o su integridad física. En los accidentes laborales graves en los que el incumplimiento de la normativa de prevención sea manifiesto —andamio sin red de seguridad, falta de formación en manejo de maquinaria, ausencia de equipos de protección individual— la vía penal puede abrirse simultáneamente a la reclamación laboral y civil.
Hostelería nocturna de Benidorm: zona de ocio, discotecas y bares
Benidorm tiene una zona de ocio nocturno de dimensiones nacionales, con concentración de discotecas, pubs y bares de copas en el denominado "English Village" y en el "Old Town" que emplean durante la temporada alta a centenares de trabajadores —promotores, camareros de barra, disc-jockeys, vigilantes de seguridad, personal de limpieza— en condiciones laborales específicas: contratos a tiempo parcial, horario nocturno (con el complemento de nocturnidad establecido en el convenio de hostelería), alta temporalidad y despidos concentrados en el período de fin de temporada alta (septiembre-octubre).
Los conflictos laborales más frecuentes en la hostelería nocturna de Benidorm son: despidos improcedentes al final de la temporada alta cuando el contrato de trabajo debería haberse configurado como fijo-discontinuo en lugar de contrato temporal; impago del complemento de nocturnidad; cómputo incorrecto de las horas extras en jornadas que se extienden más allá del horario pactado; y situaciones de acoso laboral entre compañeros o por parte de los encargados o gerentes de los locales. El abogado laboralista de Benidorm especializado en hostelería nocturna debe conocer tanto el Convenio de Hostelería de la CV como las particularidades del sector de seguridad privada, que tiene su propio convenio colectivo sectorial aplicable a los vigilantes de seguridad de los locales de ocio.
Trabajadores de temporada: movilidad geográfica y desplazamientos
Benidorm atrae cada año en temporada alta a miles de trabajadores procedentes de otras comunidades autónomas —principalmente de Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura y Murcia— que se desplazan a la ciudad para trabajar en la hostelería durante los meses de mayor demanda (junio-septiembre). Estos trabajadores se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad: lejos de su domicilio habitual, con contratos temporales de corta duración, y a veces sin conocer sus derechos laborales en detalle.
El desplazamiento temporal regulado en el artículo 40.4 del Estatuto de los Trabajadores obliga al empresario que desplaza a un trabajador a su propio cargo a abonar los gastos de viaje, las dietas y el alojamiento, así como un plus de desplazamiento cuando la duración del desplazamiento supera tres meses. En la práctica del sector hotelero de Benidorm, muchos trabajadores desplazados no reciben estos complementos o los reciben de forma incompleta. El abogado laboralista puede reclamar estas cantidades ante el Juzgado de lo Social de Alicante por importe que puede ser relevante cuando el desplazamiento se extiende durante varios meses.
El comité editorial de RankingAbogados.es ha valorado para este ranking la especialización acreditada en derecho laboral de la hostelería turística, la trayectoria ante el Juzgado de lo Social de Benidorm y Alicante, y la experiencia en la defensa de trabajadores y empresas del sector turístico de Benidorm. Ningún despacho ha abonado cantidad alguna por su inclusión o posición en este ranking.