Derecho de familia en Benidorm: la dimensión internacional como elemento central
Benidorm es una ciudad con una composición demográfica radicalmente distinta a la media española. La presencia de decenas de miles de residentes extranjeros —principalmente jubilados del norte de Europa que han hecho de Benidorm su hogar permanente o su residencia durante los meses de invierno— configura un foro de derecho de familia con una proporción de asuntos internacionales que no tiene equivalente en ningún otro municipio de tamaño comparable en España. Los abogados de familia de Benidorm deben manejar con naturalidad los instrumentos del derecho internacional privado europeo que regulan la competencia, la ley aplicable y el reconocimiento de resoluciones en materia de familia y sucesiones, ya que la mayor parte de los asuntos que llegan a su despacho tienen conexión con uno o varios ordenamientos jurídicos extranjeros.
El Ilustre Colegio de Abogados de Alicante (ICAL) integra a los abogados de familia que ejercen en Benidorm. El comité editorial de RankingAbogados.es ha evaluado a los candidatos a este ranking valorando especialmente su conocimiento de los Reglamentos europeos de familia y sucesiones —Bruselas II ter, Roma III y Reglamento 650/2012—, su capacidad lingüística para atender a las principales comunidades nacionales con presencia en Benidorm, y su trayectoria ante el Juzgado de Primera Instancia de Benidorm en asuntos de derecho de familia con elemento internacional. Ningún despacho ha abonado cantidad alguna por su inclusión o posición en este ranking.
Divorcios binacionales en Benidorm: Reglamento Roma III y Bruselas II ter
El Reglamento (UE) 1259/2010, conocido como Roma III, regula la ley aplicable al divorcio y a la separación legal en los Estados miembros de la UE que han optado por participar en la cooperación reforzada que lo adoptó —entre ellos España—. Cuando una pareja de distinta nacionalidad, o una pareja de la misma nacionalidad pero residente en un país diferente al de su nacionalidad, quiere divorciarse en Benidorm, Roma III permite determinar qué ley nacional regirá el divorcio: la ley del Estado de residencia habitual de los cónyuges (generalmente la española, si ambos residen en Benidorm), la ley del último Estado de residencia habitual de los cónyuges si uno de ellos sigue residiendo allí, la ley del Estado de nacionalidad de cualquiera de los cónyuges, o la ley del foro (ley española). Los cónyuges pueden también elegir de común acuerdo la ley aplicable entre las opciones que Roma III ofrece, lo que da margen para la planificación jurídica cuando ambas partes tienen interés en que el divorcio se rija por una determinada ley nacional.
El Reglamento (UE) 2019/1111, conocido como Bruselas II ter (que sustituyó al Reglamento 2201/2003 Bruselas II bis desde agosto de 2022), regula la competencia de los tribunales de los Estados miembros en materia matrimonial y de responsabilidad parental, así como el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones dictadas en otro Estado miembro. En los divorcios de parejas hispano-europeas residentes en Benidorm, Bruselas II ter determina que son competentes los tribunales del Estado miembro donde los cónyuges tienen su residencia habitual —los juzgados de primera instancia de Benidorm en muchos casos—, pero también prevé criterios de competencia alternativa cuando los cónyuges tienen nacionalidades distintas o residencias en diferentes Estados miembros. El abogado de familia de Benidorm especializado debe conocer en detalle estos criterios para determinar ante qué tribunal puede presentarse la demanda de divorcio y cuál es la ley que regulará sus efectos.
Herencias de jubilados extranjeros fallecidos en Benidorm
El Reglamento (UE) 650/2012 sobre sucesiones es el instrumento del derecho internacional privado europeo que regula cuál es el tribunal competente para conocer de una sucesión con elemento internacional y cuál es la ley aplicable a esa sucesión. El Reglamento establece como criterio general que la ley aplicable a la sucesión de una persona es la ley del Estado donde el causante tenía su residencia habitual en el momento de su fallecimiento. Esto significa que si un jubilado inglés, alemán o sueco ha establecido su residencia habitual en Benidorm y fallece en la ciudad, su sucesión se regirá en principio por la ley española —no por la ley inglesa, alemana o sueca de su nacionalidad—, salvo que el causante hubiera realizado antes de su muerte una professio iuris designando expresamente la ley de su nacionalidad como aplicable a su sucesión.
Esta regla tiene consecuencias jurídicas de gran importancia para los herederos de ciudadanos extranjeros fallecidos en Benidorm. El derecho sucesorio español establece la existencia de herederos forzosos —cónyuge viudo, hijos y, en su defecto, padres— que tienen derecho a recibir una parte del patrimonio del causante (la legítima) con independencia de lo que el testamento diga, mientras que el derecho inglés (common law) no reconoce el concepto de legítima y el causante puede dejar sus bienes libremente a quien quiera. Un jubilado inglés que ha hecho testamento en el Reino Unido disponiendo libremente de todos sus bienes y que muere en Benidorm como residente habitual puede ver cómo sus herederos tienen que hacer frente a las reclamaciones de legítima de los herederos forzosos conforme al derecho español, salvo que el testamento haya designado la ley inglesa como aplicable (professio iuris) conforme al artículo 22 del Reglamento 650/2012.
El Certificado Sucesorio Europeo, regulado en los artículos 62 a 73 del Reglamento 650/2012, es el documento que permite a los herederos acreditar su condición y sus derechos hereditarios en todos los Estados miembros sin necesidad de ningún procedimiento de exequátur o reconocimiento adicional. Es un instrumento de gran utilidad práctica cuando los herederos de un causante fallecido en Benidorm residen en el norte de Europa y necesitan acreditar sus derechos sucesorios para gestionar la herencia en España —inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad a su nombre, cobrar las cuentas bancarias— y para acreditar sus derechos también en sus países de residencia si el causante tenía bienes en el extranjero. El abogado de familia de Benidorm especializado en sucesiones internacionales puede obtener el Certificado Sucesorio Europeo ante el notario competente o ante el juzgado, dependiendo de si la sucesión es testada o intestada.
Fiscalidad de la herencia en la Comunitat Valenciana
La Ley 13/1997 de la Generalitat Valenciana —por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos— establece una bonificación del setenta y cinco por ciento en la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para los herederos de Grupo I y Grupo II (descendientes, ascendientes y cónyuge o pareja de hecho inscrita). Esta bonificación autonómica, combinada con la reducción estatal por parentesco, convierte a la Comunitat Valenciana en una de las comunidades autónomas donde la tributación por herencia es más favorable para los herederos directos.
Para los ciudadanos extranjeros que heredan bienes situados en la Comunitat Valenciana, la aplicación de esta bonificación autonómica está condicionada —conforme a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 3 de septiembre de 2014 y a la reforma posterior de la Ley del ISD— a que los herederos o el causante sean residentes en la UE o el EEE. Si el causante era residente en la Comunitat Valenciana en el momento de su fallecimiento, sus herederos —aunque residan en el Reino Unido (post-Brexit, ya no UE), Alemania o Suecia— pueden aplicar la normativa autonómica valenciana en las mismas condiciones que los residentes, lo que puede suponer un ahorro fiscal muy significativo en herencias de apartamentos en Benidorm con valores de mercado elevados.
Custodia de menores en parejas mixtas hispano-europeas
La Ley 5/2011 de la Generalitat Valenciana sobre relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven establece la custodia compartida como régimen preferente en la Comunitat Valenciana, con carácter más amplio y menos condicionado que el régimen general del Código Civil. En Benidorm, donde las parejas mixtas hispano-europeas son frecuentes entre la población residente, los procedimientos de custodia tienen una dimensión internacional cuando uno de los progenitores es ciudadano de otro Estado miembro de la UE y puede tener interés en regresar a su país de origen llevando consigo al menor.
El traslado internacional del menor sin el consentimiento del otro progenitor —o sin autorización judicial— está tipificado en el Código Penal español como sustracción de menores (artículo 225 bis CP) y es también objeto del Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores y del Reglamento Bruselas II ter. Este convenio establece un procedimiento de restitución urgente del menor al Estado de su residencia habitual cuando ha sido trasladado o retenido ilícitamente en otro Estado contratante. El abogado de familia de Benidorm especializado en sustracción internacional de menores debe conocer tanto el procedimiento nacional como el internacional para actuar con la rapidez que estos casos exigen.
Registro Civil de Benidorm y matrimonios entre extranjeros residentes
El Registro Civil de Benidorm es el encargado de inscribir los nacimientos, matrimonios y defunciones de los residentes en el municipio, incluidos los ciudadanos extranjeros. Los matrimonios celebrados en España entre ciudadanos extranjeros —o entre un ciudadano español y un extranjero— deben inscribirse en el Registro Civil para que produzcan efectos en España. El proceso de matrimonio en el Registro Civil incluye la tramitación del expediente matrimonial, que exige la presentación de documentos del estado civil de ambos contrayentes en sus países de origen —debidamente apostillados o legalizados— y, si los documentos están en idioma extranjero, la traducción jurada al español.
La gestión del expediente matrimonial ante el Registro Civil de Benidorm para parejas de ciudadanos extranjeros —especialmente cuando los documentos a aportar son de países con sistemas burocráticos distintos al español, como los del norte de Europa o los del mundo anglosajón— es un servicio que los abogados de familia de Benidorm especializados en derecho internacional prestan con frecuencia, acompañando a las parejas en todo el proceso desde la recopilación de documentación hasta la celebración de la boda.