El derecho de familia en Gandía refleja la diversidad demográfica de la comarca de La Safor: una ciudad de residencia habitual para ciudadanos europeos de muy diversas nacionalidades y, a la vez, un municipio con una comunidad marroquí asentada desde los años noventa, con sus propias estructuras familiares, su propio derecho de familia de origen y sus conflictos jurídicos específicos. Los abogados de familia de Gandía que trabajan con asuntos de verdadera complejidad técnica deben dominar tanto el derecho de familia español —Código Civil, Ley 5/2011 valenciana, Ley Orgánica 1/2004— como los instrumentos europeos e internacionales de derecho de familia y las normas de derecho internacional privado que articulan el derecho español con los ordenamientos extranjeros implicados.
Divorcios internacionales de residentes europeos en Gandía: Roma III y Bruselas II ter
Los ciudadanos europeos que fijan su residencia habitual en Gandía —principalmente alemanes, franceses, holandeses e ingleses que compraron segunda residencia y acabaron estableciéndose de forma permanente— presentan un perfil específico en los procedimientos de divorcio: son ciudadanos de un Estado miembro de la UE, con residencia habitual en España, pero con bienes y con vínculos personales en su país de origen. Sus divorcios están sujetos al Reglamento (UE) 1259/2010, de 20 de diciembre, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial (Roma III), que determina qué ley nacional rige el divorcio.
El Reglamento Roma III permite a los cónyuges elegir la ley aplicable a su divorcio, con las opciones del art. 5: la ley del Estado de su residencia habitual —en este caso, el derecho civil español—; la ley del Estado de la última residencia habitual de los cónyuges si uno de ellos aún reside allí; la ley de la nacionalidad de cualquiera de los cónyuges en el momento de la celebración del acuerdo; o la ley del Estado del foro —la ley española, si el procedimiento se tramita ante los Juzgados de Gandía—. En defecto de elección, el Reglamento aplica la ley de la residencia habitual común, que en el caso de los residentes en Gandía es el derecho civil español.
Para las cuestiones de competencia judicial y reconocimiento de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, el instrumento aplicable es el Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, de 25 de junio de 2019, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental y sobre la sustracción internacional de menores (Bruselas II ter), que sustituyó al anterior Reglamento Bruselas II bis el 1 de agosto de 2022. El Reglamento Bruselas II ter establece las reglas de competencia de los tribunales de los Estados miembro para conocer del divorcio y de la responsabilidad parental sobre los hijos menores, y regula el reconocimiento automático de las resoluciones en toda la UE.
En la práctica del foro de Gandía, los divorcios de residentes europeos presentan con frecuencia la cuestión de la competencia judicial internacional: si los cónyuges tienen residencias habituales en países diferentes de la UE —por ejemplo, si uno reside en Gandía y el otro en Alemania—, los tribunales españoles pueden ser competentes si el demandante lleva al menos un año residiendo en España antes de la presentación de la demanda (art. 3.1 letra a, quinto guion, Reglamento Bruselas II ter). Los abogados de familia de Gandía con práctica en derecho de familia internacional asesoran a sus clientes sobre las ventajas estratégicas de la presentación de la demanda en España o en el país de origen, en función de las particularidades del caso.
Custodia compartida en la Comunitat Valenciana: Ley 5/2011
La Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven es la norma específica de la Comunitat Valenciana en materia de custodia de hijos menores en los supuestos de separación, divorcio o ruptura de pareja no casada. La Ley 5/2011 establece la custodia compartida como la regla preferente en la Comunitat Valenciana: el Juez de Familia puede fijar la custodia compartida incluso si solo uno de los progenitores la solicita, salvo que sea contraria al interés superior del menor —por ejemplo, en supuestos de violencia de género o de incumplimiento reiterado de los deberes parentales—.
La aplicación de la Ley 5/2011 a los divorcios de ciudadanos europeos residentes en Gandía exige determinar previamente qué ley es aplicable a las cuestiones de responsabilidad parental: el Reglamento Bruselas II ter determina la competencia judicial pero no la ley sustantiva aplicable a la custodia, que en materia de responsabilidad parental se rige por el Convenio de La Haya de 19 de octubre de 1996 sobre competencia, ley aplicable, reconocimiento, ejecución y cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños. El Convenio de La Haya de 1996 establece que la ley aplicable a la responsabilidad parental es la del Estado de la residencia habitual del menor: si el menor reside en Gandía, se aplica el derecho español —en concreto, la Ley 5/2011 valenciana— para determinar el régimen de custodia.
Los criterios que la Ley 5/2011 y la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana han elaborado para determinar el tipo de custodia —compartida o exclusiva— incluyen la disponibilidad y capacidad de cada progenitor, la edad de los menores, su arraigo social y escolar, la distancia entre los domicilios de los progenitores —que en Gandía puede ser especialmente relevante si uno de ellos vive en la Playa de Gandía y el otro en el casco urbano—, y la existencia de acuerdo o de conflicto entre los progenitores. Los abogados de familia de Gandía especializados en la Ley 5/2011 conocen la doctrina del TSJCV y la práctica del Juzgado de Familia de Gandía en estas materias.
Divorcios en la comunidad marroquí de La Safor: la Mudawwana y el derecho español
La comunidad marroquí de Gandía y de los municipios citrícolas de La Safor —Bellreguard, Miramar, Palmera, Rafelcofer— es una de las más numerosas entre las comunidades de inmigrantes de la comarca. Las familias hispano-marroquíes presentan con frecuencia conflictos de derecho de familia que plantean la articulación entre el derecho marroquí de familia —la Mudawwana o Código de la Familia marroquí, reformado en 2004— y el derecho español.
La Mudawwana marroquí de 2004 introdujo reformas importantes en el derecho de familia marroquí: equiparación del divorcio por voluntad de ambos cónyuges, reconocimiento del derecho de la mujer al divorcio unilateral (khul), limitación de la poligamia —exige autorización judicial y consentimiento de la primera esposa— y mayor protección de los derechos de la mujer en la custodia de los hijos. Sin embargo, persisten diferencias relevantes con el derecho español en materia de custodia de hijos, pensión alimenticia y régimen económico matrimonial que los abogados de familia de Gandía especializados en la comunidad marroquí deben conocer.
El reconocimiento en España de las resoluciones judiciales marroquíes en materia de familia —divorcios, custodias, pensiones— se rige por el Convenio entre España y el Reino de Marruecos sobre asistencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia de derecho de custodia y derecho de visita y devolución de menores, firmado en Madrid el 30 de mayo de 1997, y por los convenios bilaterales generales en materia de reconocimiento. Los abogados de familia de Gandía con práctica en asuntos hispano-marroquíes asesoran a sus clientes sobre el procedimiento de reconocimiento (exequátur) de las resoluciones marroquíes en España y sobre la obtención de las resoluciones españolas necesarias para hacer valer los derechos en Marruecos.
Herencias internacionales de propietarios europeos en Gandía: Reglamento 650/2012 y fiscalidad valenciana
Aunque las herencias constituyen una materia propia del derecho sucesorio, en el ámbito del derecho de familia de Gandía existe una conexión frecuente: las parejas de propietarios europeos que residían en Gandía necesitan planificar la sucesión del bien inmueble en el contexto de su régimen económico matrimonial y de sus disposiciones testamentarias. El Reglamento (UE) 650/2012 determina que la ley aplicable a la sucesión es la del Estado de la residencia habitual del causante —el derecho español, para los residentes en Gandía—, salvo elección de ley conforme al art. 22. La fiscalidad sucesoria en la Comunitat Valenciana —con la bonificación del 75% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones establecida en la Ley 13/1997 de la Generalitat Valenciana para descendientes y cónyuge— es relevante en la planificación patrimonial de las familias europeas residentes en Gandía.
Violencia de género en Gandía: Juzgado de Violencia sobre la Mujer
Gandía cuenta con Juzgado de Violencia sobre la Mujer con competencia para la comarca de La Safor, que conoce de los procedimientos penales por delitos de violencia de género (art. 153, 171, 172, 173.2 y concordantes CP) y de las medidas civiles cautelares de protección a las víctimas —órdenes de alejamiento, suspensión del régimen de visitas, atribución del uso de la vivienda familiar—. El entorno turístico de Gandía genera un contexto específico: situaciones de violencia de género que se producen entre parejas turistas o residentes temporales durante la temporada, con dificultades adicionales de acceso a los recursos de protección para las víctimas que no son residentes habituales en el municipio.
Los abogados de familia de Gandía especializados en violencia de género asesoran a las víctimas sobre la solicitud de la orden de protección ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Gandía, el acceso a la asistencia jurídica gratuita para víctimas de violencia de género (Ley 35/1995 y Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita), los recursos sociales disponibles en el municipio —Casa de la Mujer de Gandía, red de casas de acogida de la Comunitat Valenciana— y las medidas civiles de protección que pueden adoptarse en el marco de la orden de protección.
El comité editorial de RankingAbogados.es
El comité editorial de RankingAbogados.es ha elaborado este ranking de los mejores abogados de derecho de familia de Gandía mediante un proceso de evaluación independiente que valora la especialización en las materias de derecho de familia más relevantes del foro de Gandía —divorcios internacionales, Reglamento Bruselas II ter y Roma III, Ley 5/2011 valenciana, familias hispano-marroquíes y violencia de género—, la trayectoria ante el Juzgado de Familia y el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Gandía, y la capacidad de atención en los idiomas de las comunidades internacionales residentes en la comarca. Ningún despacho ha pagado por su posición en este ranking.