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Subsidio por desempleo

Categoría: Laboral

Definición: El subsidio por desempleo es la prestación asistencial que se reconoce a los desempleados que no tienen derecho a la prestación contributiva ("paro") o la han agotado, siempre que carezcan de rentas superiores al 75% del SMI y se encuentren en alguno de los supuestos legales. Se regula en los arts. 274 a 280 de la LGSS y fue reformado por el RDL 2/2024.

El subsidio por desempleo es la prestación asistencial del sistema de protección por desempleo: cubre a quienes no han alcanzado el período mínimo de cotización para la contributiva o la han agotado. Se basa en la insuficiencia de rentas más que en cotizaciones previas.

Modalidades principales (art. 274 LGSS):

Requisitos generales:

Cuantía:

Duración:

Subsidio para mayores de 52 años: figura especialmente protectora. Permite cotizar a la Seguridad Social a la base mínima de cotización del momento, mejorando la pensión futura de jubilación.

Ingreso Mínimo Vital (IMV): alternativa o complemento al subsidio para situaciones de pobreza severa.

Tras la reforma del RDL 2/2024, se ha simplificado el sistema, eliminado el subsidio para mayores de 45 años que se ha integrado en otras vías, y aumentado las cuantías.

Fuentes oficiales: LGSS (BOE) · SEPE — Subsidios

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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