Prestación por desempleo
Categoría: Laboral
Definición: La prestación contributiva por desempleo es la prestación económica que se reconoce a los trabajadores que han perdido involuntariamente su empleo y han cotizado al menos 360 días en los 6 años anteriores. Su cuantía oscila entre el 70% (primeros 180 días) y el 60% de la base reguladora, con topes mínimos y máximos. Se regula en los arts. 262 a 274 de la LGSS.
La prestación contributiva por desempleo («paro») es una de las prestaciones más relevantes del sistema, dirigida a quienes han perdido involuntariamente su empleo y han cotizado lo suficiente. Es gestionada por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Requisitos (art. 266 LGSS):
- Alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.
- Período mínimo de cotización: 360 días en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
- Situación legal de desempleo: extinción del contrato por causas ajenas al trabajador (despido, ERE, fin de contrato temporal, dimisión por modificación sustancial o impago, baja por extinción objetiva).
- Inscripción como demandante de empleo en el SEPE.
- No tener edad de jubilación.
Cuantía (art. 268 LGSS):
- Primeros 180 días: 70% de la base reguladora.
- Desde el día 181: 60% (tras reforma del RDL 7/2023 se mantiene en 60%, antes era 50%; se modifica favorablemente).
- Tope máximo: 175% del IPREM (incrementado por hijos a cargo, hasta 225% con dos o más hijos).
- Tope mínimo: 80% del IPREM (107% con hijos a cargo).
Duración (art. 269 LGSS):
| Cotización en los últimos 6 años | Días de prestación |
|---|---|
| 360-539 días | 120 días |
| 540-719 días | 180 días |
| 720-899 días | 240 días |
| 900-1.079 días | 300 días |
| 1.080-1.259 días | 360 días |
| 1.260-1.439 días | 420 días |
| 1.440-1.619 días | 480 días |
| 1.620-1.799 días | 540 días |
| 1.800-1.979 días | 600 días |
| 1.980-2.159 días | 660 días |
| 2.160 días o más | 720 días (máximo) |
Trabajadores autónomos: cobertura específica por cese de actividad (RETA), con régimen propio.
Compatibilidades: la prestación es incompatible con trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, pero compatible con trabajo a tiempo parcial (con descuento proporcional).
Obligaciones del beneficiario: búsqueda activa de empleo, aceptar ofertas adecuadas, participar en programas de orientación y formación. El incumplimiento conlleva sanciones que pueden llegar a la pérdida total de la prestación.
Fuentes oficiales: LGSS (BOE) · SEPE
Normativa aplicable
- Arts. 262-274 LGSS
- Art. 268 LGSS (cuantía)
- Art. 269 LGSS (duración)
- RDL 7/2023 (reforma)
- Directiva 2019/1158/UE