Base de cotización
Categoría: Laboral
Definición: La base de cotización es la cantidad sobre la que se aplican los tipos correspondientes para determinar la cuantía de la cotización a la Seguridad Social. En el Régimen General se calcula sobre la remuneración mensual del trabajador, con límites mínimo y máximo fijados anualmente. Se regula en el art. 147 de la LGSS y normativa anual de cotización.
La base de cotización es uno de los conceptos esenciales del sistema de Seguridad Social: determina la cuantía de las cuotas que ingresa la empresa y trabajador, y también la cuantía futura de las prestaciones (pensiones, prestación por desempleo, IT).
Composición (art. 147 LGSS):
- Base por contingencias comunes: incluye la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación (salario, complementos, mejoras voluntarias, retribución variable), excluidas las cantidades específicamente excluidas (dietas, gastos de locomoción, indemnizaciones por fallecimiento o despido, etc.).
- Base por contingencias profesionales: prácticamente igual a la base por contingencias comunes, con algunas particularidades.
- Base por horas extraordinarias: separada y específica.
- Base por desempleo, FOGASA y formación profesional: en cómputo separado.
Límites (Orden anual de cotización):
- Base máxima en 2024: 4.720,50 €/mes (independiente del salario real superior).
- Base mínima en 2024: variable según grupo de cotización (entre 1.323 € y 2.114 €/mes), siempre vinculada al SMI.
Grupos de cotización (11 grupos según categoría profesional): desde Ingenieros y Licenciados (grupo 1) hasta Trabajadores menores de 18 años (grupo 11).
Tipos de cotización (Orden anual):
- Contingencias comunes: 28,3% (23,6% empresa + 4,7% trabajador).
- Desempleo: 7,05% para contratos indefinidos (5,5% empresa + 1,55% trabajador); 8,3% para temporales.
- FOGASA: 0,2% (sólo empresa).
- Formación Profesional: 0,7% (0,6% empresa + 0,1% trabajador).
- AT-EP: tipo según actividad (entre 0,9% y 6,7%) — sólo empresa.
- MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional, desde 2023): 0,7% en 2024 (0,58% empresa + 0,12% trabajador) — crecimiento progresivo.
Importancia para prestaciones:
- La base reguladora de las prestaciones (pensión, IT, paro) se calcula a partir de las bases de cotización del período correspondiente.
- Cuanto mayor sea la base media a lo largo de la vida laboral, mayor la pensión final.
- El sistema tiene topes (la base máxima limita las pensiones futuras al máximo legal).
RETA (autónomos): desde 2023 el autónomo cotiza por su ingreso real declarado (RDL 13/2022), con 15 tramos.
Fuentes oficiales: LGSS (BOE) · Seguridad Social — Cotización
Normativa aplicable
- Art. 147 LGSS
- Art. 19 LGSS (cotización)
- Orden anual de cotización (Orden PCM/313/2024 para 2024)
- RD 2064/1995 Reglamento general cotización