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Pensión de viudedad

Categoría: Laboral

Definición: La pensión de viudedad es la prestación económica vitalicia (o temporal, en algunos supuestos) que se reconoce al cónyuge superviviente, ex cónyuge con pensión compensatoria o pareja de hecho del causante, siempre que cumplan los requisitos legales (arts. 219 a 223 LGSS y Ley 40/2007).

La pensión de viudedad protege la situación del cónyuge superviviente que pierde una fuente de ingresos familiares por el fallecimiento de su pareja.

Beneficiarios (arts. 219-223 LGSS):

Requisitos del causante:

Cuantía:

Cláusulas específicas:

Fuentes oficiales: LGSS (BOE) · Seguridad Social — Viudedad

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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