Contrato temporal
Categoría: Laboral
Definición: El contrato temporal es la modalidad de contrato de trabajo con duración determinada, admisible únicamente en los supuestos tasados del art. 15 ET tras la reforma del RDL 32/2021: circunstancias de la producción (estructural o imprevisible) y sustitución de persona trabajadora con derecho a reserva del puesto.
Tras el RDL 32/2021 (en vigor 30-03-2022), el contrato temporal pasó a ser excepcional. Las únicas modalidades subsistentes son:
- Contrato por circunstancias de la producción (art. 15.2 ET):
- Imprevisibles: duración máxima 6 meses, ampliable a 12 por convenio colectivo sectorial.
- Previsibles de corta duración: máximo 90 días no continuados al año por empresa, vinculados a oscilaciones que generen un desajuste temporal entre empleo estable disponible y necesario.
- Contrato de sustitución (art. 15.3 ET): para sustituir a persona con derecho a reserva del puesto (excedencia, IT, maternidad, etc.), durante el proceso de selección o promoción para cobertura definitiva, o para complementar una jornada reducida por causa legal.
El antiguo contrato de obra y servicio fue suprimido. El antiguo contrato eventual por circunstancias de la producción de duración hasta 6 meses (ampliable a 12) también desapareció en su anterior configuración.
Requisitos formales (art. 8 ET):
- Forma escrita obligatoria: la omisión presume contrato indefinido a jornada completa.
- Causa específica y suficiente: identificación del hecho temporal concreto.
- Alta en Seguridad Social y comunicación al SEPE.
Sanciones por uso fraudulento: indefinición automática + sanción administrativa muy grave del art. 7.2 LISOS por cada trabajador afectado.
Indemnización por finalización: 12 días de salario por año trabajado (art. 49.1.c ET), salvo en el contrato de sustitución o cuando se transforme en indefinido.
Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores (BOE) · RDL 32/2021 (BOE) · Ministerio de Trabajo y Economía Social
Normativa aplicable
- Art. 15 ET (tipos y requisitos)
- Art. 8 ET (forma escrita obligatoria)
- RDL 32/2021 (eliminación contrato de obra y servicio)
- Art. 49.1.c ET (extinción)
- RDLeg 5/2000 LISOS