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Comité de empresa

Categoría: Laboral

Definición: El comité de empresa es el órgano representativo unitario de los trabajadores en las empresas o centros de trabajo de 50 o más trabajadores. Sus miembros son elegidos democráticamente por sufragio libre y secreto, y tienen reconocidas competencias de información, consulta, negociación y control. Se regula en los arts. 62 a 76 del Estatuto de los Trabajadores.

El comité de empresa es el órgano fundamental de representación de los trabajadores en empresas de cierto tamaño. Es uno de los pilares del modelo laboral español de relaciones colectivas.

Composición (art. 66 ET):

Plantilla Miembros del comité
50-100 5
101-250 9
251-500 13
501-750 17
751-1.000 21
Más de 1.000 2 más por cada 1.000 hasta máximo 75

Para empresas con 6-49 trabajadores: delegados de personal (no comité). Menos de 6 trabajadores: representación facultativa.

Elecciones:

Competencias (art. 64 ET):

Garantías de los miembros (art. 68 ET):

Comité Intercentros (art. 63 ET): para empresas con varios centros, puede constituirse por convenio.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores (BOE) · RD 1844/1994 (BOE)

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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