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Convenio colectivo

Categoría: Laboral

Definición: El convenio colectivo es el resultado de la negociación entre los representantes de los trabajadores y los empresarios o sus organizaciones, que regula las condiciones de trabajo y de productividad. Tiene fuerza vinculante para todos los sujetos incluidos en su ámbito de aplicación y se regula en los arts. 82 a 92 del Estatuto de los Trabajadores.

El convenio colectivo es la fuente del Derecho Laboral más característica. Combina autonomía colectiva y eficacia normativa: obliga a todos los empresarios y trabajadores incluidos en su ámbito (art. 82.3 ET).

Tipos según su ámbito:

Contenido típico:

Vigencia y ultraactividad (art. 86 ET):

Concurrencia (art. 84 ET): regla general es que el convenio de empresa prevalece sobre el sectorial en determinadas materias (salario base, pagas extra, horario y distribución del tiempo). La reforma del RDL 32/2021 limitó esa prioridad para devolver protagonismo al convenio sectorial.

Eficacia: el convenio se publica en el boletín oficial correspondiente y se inscribe en el REGCON.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores (BOE) · REGCON — Registro y depósito de convenios

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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