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Marca

Categoría: Mercantil

Definición: La marca es el signo susceptible de representación que permite distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras. Se regula en la Ley 17/2001 de Marcas y, en el ámbito UE, en el Reglamento 2017/1001 (marca de la Unión Europea). Su registro confiere a su titular el derecho exclusivo de explotación.

La marca es el activo intangible identificador por excelencia. La protección registral asegura su exclusividad y previene su uso por terceros con ánimo confusorio. La Ley 17/2001, profundamente reformada por el RDL 23/2018, transpone la Directiva 2015/2436 y armoniza el régimen con la marca UE.

Tipos de signos registrables:

Requisitos:

Procedimiento: solicitud ante la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) o, para la marca UE, ante la EUIPO. Examen formal y de prohibiciones absolutas, publicación, plazo de oposición (2 meses en España), resolución. Si se concede, plazo de protección 10 años renovable indefinidamente por periodos iguales.

Contenido del derecho (art. 34 Ley 17/2001): exclusiva de uso del signo en el tráfico económico para los productos/servicios del registro y derecho a prohibir su uso por terceros. Acciones (arts. 40 ss.): cesación, indemnización de daños y perjuicios, retirada y destrucción, publicación de sentencia, medidas cautelares.

Caducidad por falta de uso: la marca debe usarse efectivamente en los 5 años siguientes a la concesión; en otro caso puede declararse caducada (art. 39 Ley 17/2001).

Fuentes oficiales: Ley 17/2001 (BOE) · OEPM · EUIPO

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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