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Reducción de jornada por cuidado

Categoría: Laboral

Definición: La reducción de jornada por cuidado es el derecho del trabajador a reducir su jornada de trabajo entre 1/8 y 1/2 (con reducción proporcional del salario) para el cuidado de menores de 12 años, familiares con discapacidad o dependientes hasta 2.º grado. Se regula en el art. 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.

La reducción de jornada por cuidado es uno de los instrumentos centrales de la conciliación de la vida laboral y familiar. La jurisprudencia constitucional la ha situado como manifestación del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo cuando se afecte desproporcionadamente a las mujeres (STC 26/2011 y consolidada).

Supuestos (art. 37.6 ET):

Características:

Procedimiento:

  1. Solicitud por escrito al empresario con preaviso de 15 días.
  2. El trabajador puede proponer la concreción horaria conforme a su organización familiar.
  3. Si la empresa la rechaza, debe motivar la negativa con causas objetivas; el trabajador puede impugnar ante el Juzgado de lo Social por el procedimiento del art. 139 LRJS (preferente y sumario).

Cuidado de menor con cáncer u otra enfermedad grave (art. 37.6 bis ET):

Protección frente al despido (art. 55.5.b ET): nulidad del despido durante el ejercicio del derecho, salvo procedencia acreditada ajena.

Tras la Directiva (UE) 2019/1158 de conciliación, España ha ampliado y reforzado estos derechos. La reforma laboral 2024-2025 introdujo modificaciones adicionales.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores (BOE) · STC 26/2011

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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