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Acoso laboral (mobbing)

Categoría: Laboral

Definición: El acoso laboral o mobbing es la conducta hostil, sistemática y prolongada en el trabajo dirigida a humillar, aislar o expulsar al trabajador. Tiene tratamiento penal en el art. 173.1 párr. 2 del Código Penal y consecuencias civiles, administrativas y laborales (art. 14 ET, Ley 31/1995 PRL, art. 50 ET, infracciones LISOS).

El mobbing es una conducta hostil, sistemática y prolongada (criterio jurisprudencial mínimo: 6 meses con frecuencia semanal según Leymann, integrado en la jurisprudencia del TS) que vulnera la dignidad del trabajador.

Vías de protección:

La Ley 15/2022 integral por la igualdad de trato amplió la protección frente al acoso por razones discriminatorias (raza, edad, orientación, discapacidad, etc.).

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores (BOE) · INSST — Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo · Buscador CENDOJ

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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