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Rebelión

Categoría: Penal

Definición: La rebelión es el delito que castiga a quienes se alzaren violenta y públicamente para derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución, declarar la independencia de una parte del territorio nacional, sustituir por otro el Gobierno legítimo o impedir la celebración de elecciones. Se regula en los arts. 472 a 484 del Código Penal y tiene penas de las más altas del ordenamiento.

La rebelión es el delito político más grave del Código Penal español. Su naturaleza protege el orden constitucional democrático frente a alzamientos violentos. Tras la derogación de la sedición (LO 14/2022), es la única figura clásica de delito contra el orden político/constitucional que subsiste.

Concepto (art. 472 CP):

Penas (art. 473 CP):

Diferencia con figuras próximas:

Atenuación (art. 479 CP): el rebelde que abandone voluntariamente la rebelión, comunique a la autoridad las personas que la dirigen y entregue las armas, puede beneficiarse de pena inferior en uno o dos grados.

Casos históricos: 23-F (intentona golpista de 1981), juzgada por el TS en el sumario 2/81; las penas aplicadas se basaban en el CP entonces vigente. La STS 459/2019 (caso procés) calificó los hechos del referéndum del 1-O como sedición y malversación, no como rebelión (ausencia de violencia suficiente para la subversión).

Fuentes oficiales: Código Penal (BOE) · Constitución Española (BOE)

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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