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Delitos de lesa humanidad

Categoría: Penal

Definición: Los delitos de lesa humanidad son los crímenes cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil y con conocimiento de dicho ataque, que comprenden homicidios, exterminio, esclavitud, deportación, tortura, esclavitud sexual, persecución y desaparición forzada. Se tipifican en el art. 607 bis del Código Penal y son imprescriptibles.

Los delitos de lesa humanidad fueron incorporados al Código Penal español por la LO 15/2003, en armonía con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (1998). Castigan los crímenes más graves cometidos contra poblaciones civiles, distintos del genocidio porque no exigen la intención específica de destruir un grupo, pero sí un ataque generalizado o sistemático.

Elementos esenciales (art. 607 bis CP):

Elementos diferenciadores frente al genocidio:

Conductas tipificadas y penas:

Imprescriptibilidad: el art. 131.4 CP establece que estos delitos no prescriben, ni el delito ni la pena. Es coherente con la Convención ONU 1968 sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad.

Jurisdicción universal (art. 23.4 LOPJ): España puede perseguir estos crímenes cometidos fuera del territorio nacional cuando concurra alguno de los criterios de conexión establecidos por la LO 1/2014 (víctima española, autor español o residente, denegación de extradición).

Relación con la Corte Penal Internacional: España es Estado parte. La CPI tiene jurisdicción complementaria: actúa cuando los Estados no investigan adecuadamente. Casos paradigmáticos llevados ante la CPI: situaciones de Darfur, Libia, Costa de Marfil, Mali, RCA, Palestina, Ucrania.

Casos icónicos en España:

Fuentes oficiales: Código Penal (BOE) · Corte Penal Internacional · ONU — Justicia Internacional

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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