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Contrato mercantil

Categoría: Mercantil

Definición: El contrato mercantil es todo contrato cuyo objeto sean actos de comercio o que conste como tal en el Código de Comercio. Se rige por los preceptos del Código de Comercio y, supletoriamente, por los del Código Civil. Hay contratos mercantiles tipificados (compraventa mercantil, comisión, transporte, agencia, seguro) y otros atípicos.

El contrato mercantil se caracteriza por:

Régimen aplicable:

Contratos mercantiles principales:

Forma: rige el principio de libertad de forma (art. 51 CCom): la mayoría de los contratos mercantiles pueden celebrarse verbalmente. Excepciones legales: agencia (escrita si una parte lo solicita), seguro (póliza escrita), letras de cambio, fianzas mercantiles.

Prescripción: en general, plazos más cortos que en el ámbito civil (3 años para acciones derivadas de letras de cambio, 5 años para créditos generales tras Ley 42/2015).

Tendencia legislativa actual: integración del CCom y del CC en aspectos contractuales, modernización por la Directiva (UE) 2019/770 sobre contratos de suministro de contenidos y servicios digitales y la Directiva (UE) 2019/771 sobre garantías en la venta de bienes.

Fuentes oficiales: Código de Comercio (BOE) · Código Civil (BOE) · Buscador CENDOJ

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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