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Competencia desleal

Categoría: Mercantil

Definición: La competencia desleal es el conjunto de comportamientos contrarios a la buena fe que producen distorsión en el mercado. Se regula en la Ley 3/1991 de Competencia Desleal, que enumera prácticas tipificadas (actos de engaño, confusión, denigración, imitación, etc.) y establece acciones civiles para la cesación, rectificación e indemnización.

La Ley 3/1991 de Competencia Desleal (LCD) protege el correcto funcionamiento del mercado y a los participantes en él, no sólo a los competidores directos. La cláusula general del art. 4 LCD reputa desleal todo comportamiento objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe.

Conductas tipificadas (arts. 5-18 LCD):

Prácticas frente a consumidores (arts. 19-31 LCD): transposición de la Directiva 2005/29/UE. Listas negras de prácticas siempre desleales.

Acciones civiles (art. 32 LCD):

Legitimación amplia: además del competidor afectado, organizaciones de consumidores, asociaciones profesionales y el Ministerio Fiscal en casos cualificados.

Fuentes oficiales: Ley 3/1991 LCD (BOE) · CNMC — Competencia

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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