Jubilación anticipada
Categoría: Laboral
Definición: La jubilación anticipada es la modalidad que permite acceder a la pensión de jubilación antes de la edad ordinaria, con coeficientes reductores sobre la pensión. Existen modalidades voluntarias e involuntarias (por causa no imputable al trabajador) reguladas en los arts. 207 y 208 de la Ley General de la Seguridad Social.
La jubilación anticipada permite acceder a la pensión antes de la edad ordinaria a cambio de la aplicación de coeficientes reductores sobre la pensión que correspondería de jubilarse a la edad ordinaria.
Modalidades:
- Anticipada involuntaria por causa no imputable (art. 207 LGSS): exige cese en el trabajo por crisis empresarial, despido objetivo, despido improcedente, extinción ex art. 50 ET, ERE, muerte o incapacidad del empresario, etc.
- Edad mínima: 4 años antes de la edad ordinaria que correspondería.
- Cotización mínima: 33 años.
- Inscripción como demandante de empleo durante al menos 6 meses inmediatamente anteriores.
- Coeficientes reductores trimestrales del 0,5% al 1,875% según cotización (mejorados por RDL 2/2023).
- Anticipada voluntaria (art. 208 LGSS):
- Edad mínima: 2 años antes de la edad ordinaria.
- Cotización mínima: 35 años.
- La pensión resultante debe superar la pensión mínima que le correspondería al beneficiario a los 65 años.
- Coeficientes reductores trimestrales del 2% al 21% en algunos casos.
- Mutualistas anteriores a 01-01-1967 (DT 4ª LGSS): régimen propio con anticipación a partir de los 60 años y reducciones específicas.
- Coeficientes reductores en profesiones penosas (mineros, ferroviarios, bomberos, policías locales en algunos casos): la edad se rebaja sin reducción de pensión.
La reforma del RDL 2/2023 revisó los coeficientes reductores favoreciendo la jubilación anticipada con carreras de cotización más largas.
Fuentes oficiales: LGSS (BOE) · Seguridad Social
Normativa aplicable
- Art. 207 LGSS (anticipada involuntaria)
- Art. 208 LGSS (anticipada voluntaria)
- Disposición Transitoria 4ª LGSS (mutualistas anteriores a 1967)
- RDL 2/2023 (mejora coeficientes)