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Contrato temporal

Categoría: Laboral

Definición: El contrato temporal es la modalidad de contrato de trabajo con duración determinada, admisible únicamente en los supuestos tasados del art. 15 ET tras la reforma del RDL 32/2021: circunstancias de la producción (estructural o imprevisible) y sustitución de persona trabajadora con derecho a reserva del puesto.

Tras el RDL 32/2021 (en vigor 30-03-2022), el contrato temporal pasó a ser excepcional. Las únicas modalidades subsistentes son:

El antiguo contrato de obra y servicio fue suprimido. El antiguo contrato eventual por circunstancias de la producción de duración hasta 6 meses (ampliable a 12) también desapareció en su anterior configuración.

Requisitos formales (art. 8 ET):

Sanciones por uso fraudulento: indefinición automática + sanción administrativa muy grave del art. 7.2 LISOS por cada trabajador afectado.

Indemnización por finalización: 12 días de salario por año trabajado (art. 49.1.c ET), salvo en el contrato de sustitución o cuando se transforme en indefinido.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores (BOE) · RDL 32/2021 (BOE) · Ministerio de Trabajo y Economía Social

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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