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Desheredación

Categoría: Herencias

Definición: La desheredación es la disposición testamentaria por la que el testador priva a un heredero forzoso (legitimario) de su legítima, alegando expresamente una de las causas tasadas por la ley. Sólo es válida si la causa se prueba ante quien impugne la desheredación (arts. 848 a 857 del Código Civil).

La desheredación es una institución excepcional: sólo cabe por causa legal y expresa, recogida en el testamento. Si el desheredado niega la causa, la carga de la prueba recae en los herederos del testador (art. 850 CC).

Requisitos formales (arts. 848-849 CC):

Causas comunes a todos los legitimarios (art. 852 CC): las del art. 756 CC (indignidad) números 2.º, 3.º, 5.º y 6.º (atentar contra la vida del testador, acusarlo falsamente de delito grave, no prestarle alimentos, etc.).

Causas específicas:

La jurisprudencia del TS ha ampliado el concepto de maltrato de obra a incluir el maltrato psicológico continuado (STS 258/2014, STS 59/2015 y consolidada). El abandono emocional grave puede integrar también la causa.

Si la desheredación se declara injusta, el legitimario recupera la legítima estricta pero no la mejora ni el tercio de libre disposición de los que hubiera podido beneficiarse (art. 851 CC).

Fuentes oficiales: Texto legal en el BOE · Buscador CENDOJ — jurisprudencia

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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