Finiquito
Categoría: Laboral
Definición: El finiquito es el documento que liquida la relación laboral entre empresa y trabajador a su finalización, recogiendo las cantidades pendientes: salarios, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extras y, si corresponde, la indemnización por extinción.
El finiquito no está expresamente regulado en el Estatuto de los Trabajadores pero su uso es generalizado al amparo de los arts. 49 y 49.2 ET. Recoge habitualmente:
- Salario devengado y no abonado hasta la fecha de cese.
- Parte proporcional de pagas extraordinarias (Navidad y verano, salvo prorrateo mensual).
- Vacaciones no disfrutadas, compensadas en metálico (art. 38.1 ET).
- Indemnización correspondiente al tipo de extinción: improcedente, objetivo, fin de contrato temporal, etc.
La firma del finiquito no impide reclamar judicialmente si el trabajador discrepa de las cantidades o de la causa del cese. Para que el efecto liberatorio sea pleno, el documento debe ser claro, expreso y libre de coacción, e incluir el cálculo desglosado (jurisprudencia consolidada del TS, p. ej. STS Sala 4ª de 13 de mayo de 2008, recurso 1815/2007).
El trabajador tiene derecho a la presencia de un representante legal en el acto de firma del finiquito (art. 49.2 ET); si la empresa se la deniega, debe consignarlo expresamente. Firmar con la indicación no conforme o con asistencia letrada o sindical limita el efecto liberatorio y facilita la reclamación judicial posterior.
Fuentes oficiales: Texto legal en el BOE · Buscador CENDOJ — jurisprudencia · Seguridad Social · Ministerio de Trabajo
Normativa aplicable
- Art. 49 del Estatuto de los Trabajadores (extinción del contrato)
- Art. 49.2 ET (derecho a representante legal en la firma)
- Art. 38 ET (vacaciones no disfrutadas)
- Jurisprudencia consolidada de la Sala 4ª del TS (STS 13 de mayo de 2008, rec. 1815/2007, entre otras)
Términos relacionados
Calculadora relacionada
Estima un escenario práctico relacionado con este término.
Abrir calculadora →