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Vivienda de uso turístico (VUT)

Categoría: Inmobiliario

Definición: La vivienda de uso turístico (VUT) es la vivienda completa que se cede a terceros, de manera reiterada y a cambio de contraprestación, para alojamiento temporal con fines turísticos o vacacionales, fuera del marco de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Está regulada por la normativa autonómica de turismo (con grandes diferencias por CCAA), y sujeta a inscripción registral, condiciones técnicas y régimen administrativo específico.

La VUT es uno de los fenómenos más relevantes del mercado inmobiliario español de la última década, impulsada por las plataformas digitales (Airbnb, Booking, Vrbo) y por el atractivo turístico de las ciudades españolas. Su regulación es muy heterogénea: corresponde a las CCAA en materia de turismo, a los municipios en materia urbanística y de uso del suelo, y al Estado en aspectos generales (propiedad horizontal, arrendamientos, fiscalidad). El marco está en evolución constante.

Diferencia con otros alojamientos:

Exclusión de la LAU (art. 5.e tras reforma RDL 7/2019): se excluye de la LAU «la cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística o por cualquier otro modo de comercialización o promoción, y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial turística».

Régimen autonómico (variable):

Requisitos comunes (orientativos):

Propiedad horizontal y VUT (Ley 49/1960 LPH tras reformas):

Licencia urbanística y uso del suelo:

Régimen tributario:

Sanciones por VUT ilegal: variables según CCAA, pueden alcanzar 30.000-600.000 € en infracciones graves o muy graves (publicidad sin número de registro, deficiencias técnicas, ocultación de la actividad).

Régimen UE: el Reglamento (UE) 2024/1028 sobre recopilación e intercambio de datos sobre servicios de alojamiento de corta duración (transposición pendiente) establece obligaciones de las plataformas y las autoridades, con la finalidad de transparentar el mercado.

Reglamento Madrid 2024 y Barcelona 2024: ambas ciudades han aprobado limitaciones drásticas a la VUT en zonas céntricas, con calendarios de extinción de licencias actuales. Foco de litigiosidad masiva.

Fuentes oficiales: LPH Ley 49/1960 (BOE) · LAU Ley 29/1994 (BOE)

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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