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Cláusula de vencimiento anticipado

Categoría: Bancario

Definición: La cláusula de vencimiento anticipado es la estipulación contractual que permite al acreedor exigir el cumplimiento total e inmediato del préstamo o crédito, anticipando el pago de las cuotas pendientes, ante el incumplimiento del deudor de determinadas obligaciones. En contratos hipotecarios con consumidores, su validez exige el cumplimiento de los requisitos del art. 24 de la LCCI y de la doctrina del TJUE y del TS sobre control de abusividad.

La cláusula de vencimiento anticipado ha sido una de las más controvertidas del Derecho hipotecario español de las últimas décadas. La masiva utilización por las entidades de cláusulas que permitían declarar vencido el préstamo por una sola cuota impagada generó una crisis judicial y reformas legislativas significativas (Ley 1/2013, Ley 5/2019 LCCI).

Régimen legal vigente (art. 24 LCCI, aplicable a contratos con consumidores celebrados o subrogados a partir del 16-06-2019, e incluso a contratos anteriores conforme a la DA 1ª.4 LCCI):

El prestamista podrá exigir el reembolso anticipado del total adeudado si concurren conjuntamente los siguientes requisitos:

Doctrina jurisprudencial relevante:

Régimen procesal (art. 693 LEC): la ejecución hipotecaria por vencimiento anticipado requiere haber pactado expresamente la cláusula en escritura pública y cumplir los requisitos materiales legales. El deudor puede:

Cláusulas abusivas declaradas: las cláusulas pre-2019 que permitían el vencimiento anticipado por una sola cuota impagada, o por cuantías muy bajas, han sido declaradas masivamente abusivas (STJUE Aziz 2013, STJUE Sánchez Morcillo 2014, STS 705/2015).

Fuentes oficiales: LCCI Ley 5/2019 (BOE) · LEC (BOE) · STJUE C-70/17

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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