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TAE (Tasa Anual Equivalente)

Categoría: Bancario

Definición: La TAE (Tasa Anual Equivalente) es el indicador del coste o rendimiento efectivo de un producto financiero, expresado en porcentaje anual. Integra el tipo de interés nominal (TIN), las comisiones, los gastos obligatorios y la periodicidad de los pagos, permitiendo comparar productos en igualdad de condiciones. Es de información obligatoria en préstamos, créditos y depósitos. Se regula en el Anexo II de la Orden EHA/2899/2011 y en la Ley 16/2011 de Crédito al Consumo.

La TAE es el indicador clave de comparación entre productos financieros. Su finalidad es ofrecer al consumidor una cifra única que refleje el coste o rendimiento real anualizado del producto, integrando todos los elementos económicos relevantes.

Cálculo de la TAE:

La TAE se calcula mediante una fórmula matemática que iguala, en valor presente, el flujo de pagos del prestamista al flujo de pagos del prestatario, considerando:

La fórmula es una ecuación que integra los flujos descontados a tipo TAE = i / 100, y se resuelve iterativamente.

Conceptos excluidos del cálculo de la TAE:

Información obligatoria de la TAE:

Importancia para la comparación:

TAE y usura (Ley Azcárate de 1908):

Casos especiales:

Reclamaciones:

Fuentes oficiales: Orden EHA/2899/2011 (BOE) · Ley 16/2011 Crédito Consumo (BOE) · Banco de España

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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