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Registro retributivo y brecha salarial

Categoría: Laboral

Definición: El registro retributivo es la obligación empresarial de llevar un registro con los valores medios de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales o puestos de igual valor. Se regula en el RD 902/2020 sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres y es obligatorio para todas las empresas, con independencia de su tamaño.

El registro retributivo es una de las medidas clave de transparencia salarial introducidas por el RD 902/2020, en desarrollo del principio de igual retribución por trabajo de igual valor (art. 28 ET, art. 14 CE).

Obligación generalizada:

Contenido del registro (art. 5 RD 902/2020):

Auditoría retributiva (art. 7 RD 902/2020):

Brecha salarial:

Sanciones por incumplimiento (LISOS):

Procedimiento de tutela: la trabajadora puede demandar por discriminación retributiva y reclamar:

Nueva Directiva UE: la Directiva (UE) 2023/970 sobre transparencia retributiva (transposición hasta 7-06-2026) extenderá la auditoría obligatoria a empresas de 100+ trabajadores y reforzará los derechos individuales de información salarial.

Fuentes oficiales: RD 902/2020 (BOE) · Instituto de las Mujeres — Herramientas · INE — Brecha salarial

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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