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Censo

Categoría: Civil

Definición: El censo es el derecho real por el que se sujeta determinada finca al pago de un canon o rédito anual en retribución del capital recibido (censo consignativo), de la cesión del dominio útil (censo enfitéutico) o del derecho de uso pleno (censo reservativo). Es figura histórica del derecho civil, hoy muy poco utilizada. Se regula en los arts. 1.604 a 1.664 del Código Civil.

El censo es figura histórica del derecho civil que conoció gran auge en la economía agraria pre-industrial. Hoy su aplicación es residual; pervive sobre todo en territorios forales (Cataluña, Navarra) y en algunos contratos antiguos pendientes de redención.

Concepto (art. 1.604 CC): se constituye el censo cuando se sujetan algunos bienes inmuebles al pago de un canon o rédito anual en retribución de un capital que se recibe en dinero, o del dominio pleno o menos pleno que se transmite de los mismos bienes.

Modalidades (art. 1.605 CC):

Características comunes:

Régimen del censo enfitéutico:

Aplicación práctica actual:

Tras Ley 4/1995 (modificación parcial) y demás reformas, la figura está prácticamente en desuso en el derecho civil común español. En la práctica, las relaciones similares se canalizan por hipotecas, arrendamientos a largo plazo o anticresis.

Fuentes oficiales: Código Civil (BOE) · Colegio de Registradores

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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