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Concesión de servicios

Categoría: Administrativo

Definición: El contrato de concesión de servicios es aquel en cuya virtud uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien únicamente por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio. El concesionario asume el riesgo operacional. Se regula en el art. 15 de la Ley 9/2017 LCSP.

La concesión de servicios es la figura típica para la gestión indirecta de servicios públicos. La empresa concesionaria asume la prestación del servicio en lugar de la Administración titular, a cambio del derecho de explotarlo. Es la fórmula tradicional de gestión privada de transportes urbanos, aparcamientos públicos, parques de bomberos, residencias de mayores, cementerios, escuelas infantiles, instalaciones deportivas.

Elemento esencial: el riesgo operacional. El concesionario debe asumir un riesgo real ligado a la demanda (variabilidad de los usuarios), al suministro (variabilidad de la oferta) o a ambos. Sin riesgo operacional, no hay concesión, sino contrato ordinario de servicios. Este criterio se incorporó del Derecho UE (Directiva 2014/23/UE, jurisprudencia TJUE).

Distinción frente al contrato de servicios:

Distinción frente a la concesión de obras (art. 14 LCSP): la concesión de obras incluye la construcción de la infraestructura más su explotación; la concesión de servicios sólo la gestión del servicio sobre infraestructura ya existente o entregada por la Administración.

Plazos (art. 29 LCSP): máximo de 5 años con carácter general; 40 años para concesiones de obras; 25 años para concesiones de servicios (40 años si comprende obras y servicios); los servicios sanitarios pueden tener plazo de 10 años. Las concesiones largas se justifican por la necesidad de amortizar las inversiones del concesionario.

Procedimiento:

Régimen económico y financiero:

Garantías al usuario:

Extinción:

Fuentes oficiales: LCSP Ley 9/2017 (BOE) · Directiva 2014/23/UE

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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