Notificación administrativa
Categoría: Administrativo
Definición: La notificación administrativa es el acto formal por el que la Administración pone en conocimiento del interesado un acto o decisión administrativa, de modo que éste pueda conocer su contenido, fecha, órgano emisor y vías de impugnación. Es presupuesto de la eficacia del acto frente al destinatario. Se regula en los arts. 40 a 46 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
La notificación administrativa es esencial para el funcionamiento del Estado de Derecho: garantiza el derecho de defensa, abre los plazos de impugnación y permite al ciudadano cumplir las obligaciones que le impone el acto. Una notificación defectuosa puede causar indefensión y abrir la vía de la nulidad o de la inoponibilidad del acto.
Contenido mínimo (art. 40.2 Ley 39/2015):
- Texto íntegro de la resolución.
- Indicación de si pone fin o no a la vía administrativa.
- Recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos.
- Las notificaciones que no cumplan estos requisitos surtirán efectos si se solicita la oportuna rectificación o si el interesado realiza actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance.
Plazo para la notificación (art. 40.3 Ley 39/2015): toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado.
Medios de notificación (arts. 41 y 42 Ley 39/2015):
- Notificación electrónica (regla general desde 2016 para sujetos obligados): a través de comparecencia en la sede electrónica de la Administración, de la Dirección Electrónica Habilitada (DEH/DEHú) o por medios electrónicos aceptados por el interesado.
- Notificación en papel: para sujetos no obligados que no hayan optado por la electrónica. En el domicilio del interesado, lugar señalado para notificaciones o, si no es posible, lugar adecuado para tal fin.
- Notificación por anuncios (art. 44 Ley 39/2015): subsidiaria, cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio o, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar. Se publica en el BOE.
Sujetos obligados a la notificación electrónica (art. 14 Ley 39/2015):
- Personas jurídicas.
- Entidades sin personalidad jurídica del art. 35.4 LGT.
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria (notarios, abogados, etc.) para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
- Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público.
Efectos del rechazo de la notificación (art. 41.5 Ley 39/2015): cuando el interesado o su representante rechace la notificación de una actuación administrativa, se hará constar en el expediente, especificándose las circunstancias del intento de notificación, y se tendrá por efectuado el trámite siguiéndose el procedimiento.
Plazo de rechazo presunto en notificación electrónica (art. 43.2 Ley 39/2015): cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido 10 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Notificaciones defectuosas: si la notificación no contiene el texto íntegro, omite la indicación de recursos o se realiza fuera del plazo, no surte efectos en perjuicio del interesado, abriendo el plazo de impugnación cuando éste tenga conocimiento real. Si causa indefensión, el acto puede ser nulo (art. 47.1.a Ley 39/2015 por vulneración del art. 24 CE).
Fuentes oficiales: Ley 39/2015 LPACAP (BOE) · Dirección Electrónica Habilitada
Normativa aplicable
- Arts. 40-46 Ley 39/2015 LPACAP
- Art. 40.2 (contenido)
- Arts. 41-43 (medio electrónico)
- Art. 44 (notificación por anuncios BOE)
- Art. 14 Ley 39/2015 (obligación electrónica)