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Permiso por nacimiento y cuidado de menor

Categoría: Laboral

Definición: El permiso por nacimiento y cuidado de menor es el derecho equiparado de los progenitores (biológicos o adoptivos) a 16 semanas de descanso laboral retribuido por la Seguridad Social tras el nacimiento, adopción o acogimiento. Las primeras 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas, posteriores al parto. Se regula en el art. 48.4 ET y arts. 177-179 LGSS.

El permiso por nacimiento y cuidado de menor sustituyó a los anteriores «permiso de maternidad» y «permiso de paternidad» tras el RDL 6/2019 que estableció su equiparación progresiva. Desde 2021, ambos progenitores tienen derecho a 16 semanas (incluyendo familias monoparentales con el matiz tras STS Pleno 12-04-2023).

Duración y reparto (art. 48.4 ET):

Familias monoparentales: por sentencia del TJUE y STS Pleno 12-04-2023, han pasado a tener derecho a 32 semanas (acumulación de los dos progenitores en uno solo cuando no hay otro progenitor).

Modalidades (art. 48.5-9 ET):

Prestación económica (arts. 177-179 LGSS):

Protección frente al despido: el despido durante el permiso o tras el regreso es nulo salvo que se acredite procedencia ajena al ejercicio del derecho (art. 55.5.b ET).

Prestación reciente: la Ley 12/2023 y normativa derivada amplió derechos relativos al cuidado a 6 semanas más para los cuidadores principales en familias específicas.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores (BOE) · LGSS (BOE) · Seguridad Social

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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