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Participaciones preferentes

Categoría: Bancario

Definición: Las participaciones preferentes son valores emitidos por entidades de crédito que ofrecían rentabilidad fija pero condicionada a la existencia de beneficios distribuibles, sin vencimiento (perpetuas) y con baja liquidez. Comercializadas masivamente a minoristas entre 2000 y 2012, dieron lugar a una crisis judicial y administrativa por falta de adecuación al perfil del cliente.

Las participaciones preferentes son valores híbridos: combinan rasgos de deuda (rentabilidad pactada) y de capital (subordinación, perpetuidad, dependencia del beneficio para el pago). Su comercialización a minoristas en España entre 2000 y 2012 fue masiva y, en muchos casos, sin cumplir los deberes de información que exige la normativa MiFID.

Características:

La crisis financiera de 2008-2012 hizo aflorar todos estos riesgos. Muchas cajas de ahorros (Bankia, NCG, CatalunyaCaixa, Caja Castilla-La Mancha) sufrieron severas pérdidas o quedaron intervenidas. Las preferentes vendidas a clientes minoristas devinieron prácticamente ilíquidas y con pérdidas relevantes.

Respuesta judicial:

Vía administrativa: el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) y el Memorando de Entendimiento con la UE (2012) impusieron canjes obligatorios de las preferentes por acciones o bonos con quitas, dando lugar a la asunción colectiva de pérdidas. El TJUE validó la legalidad del bail-in en STJUE C-526/14 (Kotnik).

Tras la Directiva MiFID II (2014/65/UE), la comercialización de productos complejos como las preferentes a clientes minoristas requiere superación de tests específicos y advertencias reforzadas.

Fuentes oficiales: Ley 19/2003 (BOE) · CNMV — Productos complejos · Banco de España

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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