NIE (Número de Identidad de Extranjero)
Categoría: Extranjeria
Definición: El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es el código personal, único y exclusivo que se asigna a los extranjeros que se relacionen con España por sus intereses económicos, profesionales o sociales. No equivale a la residencia legal: es un identificador fiscal y administrativo que se mantiene durante toda la vida del extranjero. Se regula en el art. 206 del RD 557/2011.
El NIE es el código alfanumérico (letra + 7 dígitos + letra) que identifica a un extranjero en sus relaciones con España. Es el equivalente al DNI para nacionales en muchas actuaciones administrativas, fiscales y mercantiles.
Casos en que se asigna el NIE:
- Solicitudes de autorización de residencia o estancia (lo asigna la propia tramitación).
- Operaciones económicas en España: compra de inmuebles, apertura de cuenta bancaria, constitución de sociedad, herencia.
- Operaciones tributarias: alta en el censo de la AEAT, presentación de impuestos como no residente.
- Solicitud expresa por interés económico, profesional o social.
NIE no equivale a:
- Residencia legal: el NIE puede asignarse a personas que sólo realicen un acto puntual en España sin residir.
- TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero): la TIE es el documento físico de identidad para residentes legales; el NIE es el código que figura en ella, pero también puede emitirse sin TIE.
- Autorización de trabajo: el NIE no habilita por sí solo para trabajar.
Procedimiento:
- Solicitud en la Comisaría de Policía con unidad de extranjería, en la Oficina Consular española en el extranjero o ante la Oficina de Extranjería.
- Aportación del modelo EX-15, pasaporte vigente, justificación de los motivos económicos, profesionales o sociales (escritura de compra, contrato laboral, etc.) y pago de la tasa modelo 790-012.
- Asignación generalmente inmediata (en plazo de pocos días en consulados, varios meses en Comisarías en períodos de saturación).
Características del NIE:
- Es único, personal e intransferible: una persona sólo tiene un NIE durante toda su vida.
- No caduca: el código se mantiene incluso si el extranjero abandona el país y regresa años después.
- El certificado original sí puede caducar a efectos de acreditación; en ese caso se solicita un nuevo certificado con el mismo número.
Diferencia clave con la TIE: la TIE es la tarjeta física de identidad que se entrega al residente legal y debe renovarse cuando vence la autorización; incluye fotografía, datos biométricos y el NIE. El NIE es sólo el código.
En el ámbito comunitario, los ciudadanos UE/EEE obtienen un Certificado de Registro de la Unión que contiene el NIE pero no es TIE.
Fuentes oficiales: RD 557/2011 (BOE) · Ministerio del Interior — Extranjería · Modelo EX-15 (Policía)
Normativa aplicable
- Art. 206 RD 557/2011 (reglamento extranjería)
- Art. 6 LOEX
- Orden PRE/1490/2012 (procedimiento)
- Resolución 28-04-2005 DGRN sobre NIE