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Secuestro

Categoría: Penal

Definición: El secuestro es la modalidad agravada de detención ilegal en la que el sujeto activo exige alguna condición para poner en libertad al detenido (art. 164 del Código Penal). Se castiga con prisión de 6 a 10 años, con agravaciones específicas en función de la duración y de las circunstancias.

El secuestro se diferencia de la detención ilegal por la exigencia de una condición para liberar a la víctima: rescate económico, liberación de presos, retirada de denuncias, prestaciones de hacer o no hacer, etc.

Pena base (art. 164 CP): prisión de 6 a 10 años. Si concurre alguna circunstancia del art. 163.3 CP (duración superior a 15 días), la pena se eleva a 10 a 15 años.

Atenuantes (art. 164 CP en relación con art. 163.2 CP): liberación voluntaria dentro de los 3 primeros días sin haber logrado el objeto perseguido, pena inferior en grado.

Agravantes específicos (art. 165 CP):

Pena por desaparición forzada (art. 166 CP): el reo de detención o secuestro que no diere razón del paradero de la persona detenida será castigado con prisión de 10 a 15 años (15 a 20 si concurre algún supuesto del art. 165 CP).

Concursos frecuentes: con extorsión (cuando la condición es patrimonial y se obtiene), con amenazas, con lesiones, con delitos contra la libertad sexual. En contextos de criminalidad organizada o terrorismo se aplican los tipos específicos (arts. 570 bis y 572 CP).

Fuentes oficiales: Código Penal (BOE) · Buscador CENDOJ

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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