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Propiedad horizontal

Categoría: Inmobiliario

Definición: La propiedad horizontal es el régimen jurídico por el que se atribuye, en los edificios divisibles en pisos o locales susceptibles de aprovechamiento independiente, la propiedad separada de cada uno de ellos y el copropiedad indivisa de los elementos comunes. Su norma específica es la Ley 49/1960, sobre Propiedad Horizontal.

La propiedad horizontal es la respuesta jurídica al fenómeno del edificio dividido en pisos: combina la titularidad privativa de cada vivienda o local con la copropiedad indivisa forzosa de los elementos comunes (estructura, fachada, cubierta, escalera, ascensor, instalaciones generales).

Régimen jurídico (Ley 49/1960):

Elementos clave:

Constitución (art. 5 LPH):

Funcionamiento: la propiedad horizontal genera la comunidad de propietarios, persona sui generis con capacidad procesal limitada para gestionar los elementos comunes, decidir mediante la Junta de Propietarios y ejecutar sus acuerdos por los órganos previstos (presidente, secretario, administrador).

Tipos de propiedad horizontal:

Especialidades por Ley 8/2021 (Discapacidad): obras de accesibilidad sin necesidad de mayoría reforzada cuando el coste no exceda de 12 mensualidades de gastos comunes.

Especialidades por Ley 12/2023 (Vivienda): la comunidad puede acordar por 3/5 de mayoría limitar o condicionar los alquileres turísticos en el edificio (art. 17.12 LPH).

Fuentes oficiales: Ley 49/1960 LPH (BOE) · Código Civil (BOE) · Colegio de Registradores

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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