Edición 2026 · Ranking editorial independiente

Modelo 650 (Sucesiones)

Categoría: Fiscal

Definición: El modelo 650 es la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) por adquisiciones mortis causa (sucesiones). Es el modelo de la Administración Tributaria del Estado, aplicable cuando el causante era no residente o no es competente ninguna comunidad autónoma; cada CCAA tiene sus propios modelos para los casos en los que sea competente. Se aprueba por normativa autonómica o estatal según el caso.

El modelo 650 es la autoliquidación nacional del Impuesto sobre Sucesiones para adquisiciones mortis causa. Cuando el ISD esté cedido a una CCAA (tributo cedido total), cada CCAA aprueba y exige sus propios modelos: 660 en Madrid, 660 en Cataluña, etc. El modelo 650 estatal sólo se utiliza para no residentes y supuestos residuales.

Hecho imponible: la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.

Sujetos pasivos:

Competencia territorial (Ley 22/2009 cesión a CCAA):

Base imponible: valor neto de la adquisición individual de cada causahabiente, entendiéndose por tal el valor real de los bienes y derechos minorado por las cargas y deudas deducibles. Tras la Ley 11/2021, los inmuebles se valoran por el valor de referencia del Catastro salvo prueba en contrario.

Reducciones de la base imponible:

Cuota: tarifa progresiva del art. 21 Ley 29/1987 (7,65% al 34%) y multiplicador del art. 22 según el patrimonio preexistente del causahabiente y el grupo de parentesco (entre 1 y 2,4). Las CCAA pueden modificar la tarifa estatal y aprobar bonificaciones en la cuota (Madrid, Cantabria, Andalucía, Galicia y Murcia han llegado a bonificar el 99% para los grupos I y II).

Plazo de presentación: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable a otros 6 meses si se solicita en el primer mes (con intereses).

Documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia del testamento o declaración de herederos, inventario de bienes con valoraciones, justificantes de cargas y deudas, autoliquidación, justificante de pago.

Fuentes oficiales: Ley 29/1987 ISD (BOE) · AEAT

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

Términos relacionados

Encuentra abogados especializados