Agencia Estatal de Administración Tributaria
Categoría: Fiscal
Definición: La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es el ente de derecho público encargado de la efectiva aplicación del sistema tributario estatal y aduanero estatal y de aquellos recursos de otras Administraciones y entes públicos cuya gestión se le encomiende. Goza de personalidad jurídica propia y autonomía funcional. Se creó por la Disposición Adicional 17ª de la Ley 31/1990 de Presupuestos Generales del Estado para 1991.
La AEAT es la principal Administración tributaria de España. Su misión, descrita en su Estatuto, es promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y combatir el fraude fiscal mediante actuaciones de control, recaudación e información.
Naturaleza jurídica:
- Ente de Derecho Público con personalidad jurídica propia, plena capacidad pública y privada, y patrimonio diferenciado del de la Administración General del Estado.
- Adscrita al Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Hacienda.
- Régimen presupuestario, contable y de control específico (autofinanciación parcial vía el llamado «saldo de gestión»).
Funciones (Ley 31/1990 y normativa de desarrollo):
- Gestión, inspección y recaudación de los tributos estatales (IRPF, IS, IRNR, IVA, Impuestos Especiales, Impuesto sobre el Patrimonio, ITP-AJD y Sucesiones cuando los gestione el Estado).
- Gestión aduanera: aplicación de las normas aduaneras de la UE, control de mercancías, prevención del fraude aduanero.
- Gestión de los recursos de otras Administraciones: por encomienda o convenio (impuestos de algunas CCAA y entes locales en virtud de convenios, recaudación ejecutiva de cuotas de la Seguridad Social desde 2022, recaudación de tributos cedidos cuya gestión se le encomiende).
- Auxilio a otros órganos jurisdiccionales y administrativos: en investigaciones penales por delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, etc.
- Información y asistencia al contribuyente: programa Renta WEB, borradores, cita previa, App AEAT.
Organización:
- Servicios Centrales: Presidencia, Dirección General, Direcciones y Departamentos (Gestión, Inspección, Recaudación, Aduanas e Impuestos Especiales, Informática Tributaria, Recursos Humanos).
- Servicios Territoriales: Delegaciones Especiales (una por CCAA), Delegaciones Provinciales, Administraciones (en municipios grandes) y Oficinas (en pequeños). Total: 17 Delegaciones Especiales, 56 Delegaciones, más de 200 Administraciones y Oficinas.
- Unidades especializadas: Delegación Central de Grandes Contribuyentes (DCGC, para empresas con cifra de negocios > 100 M€); Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF); Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales con Servicio de Vigilancia Aduanera.
Recursos: presupuesto anual de unos 1.500 millones €; plantilla de unos 27.000 empleados (inspectores, técnicos, agentes, administrativos). Recaudación anual: alrededor del 90% de los ingresos tributarios del Estado (alrededor de 250.000 millones € en 2023).
Relaciones con el contribuyente: el Estatuto del Contribuyente (Carta de Derechos del Contribuyente, art. 34 LGT) recoge los derechos básicos: a ser informado, a ser tratado con respeto, a obtener devoluciones e ingresos indebidos, al carácter reservado de los datos, a no aportar documentos ya presentados, a la asistencia y representación, al acceso al expediente, a la grabación de actuaciones de inspección, etc.
Fuentes oficiales: Ley 31/1990 DA 17ª (BOE) · AEAT
Normativa aplicable
- DA 17ª Ley 31/1990
- RD 195/2024 Estatuto AEAT
- LGT Ley 58/2003
- Reglamento General Gestión e Inspección RD 1065/2007