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Agencia Estatal de Administración Tributaria

Categoría: Fiscal

Definición: La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es el ente de derecho público encargado de la efectiva aplicación del sistema tributario estatal y aduanero estatal y de aquellos recursos de otras Administraciones y entes públicos cuya gestión se le encomiende. Goza de personalidad jurídica propia y autonomía funcional. Se creó por la Disposición Adicional 17ª de la Ley 31/1990 de Presupuestos Generales del Estado para 1991.

La AEAT es la principal Administración tributaria de España. Su misión, descrita en su Estatuto, es promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y combatir el fraude fiscal mediante actuaciones de control, recaudación e información.

Naturaleza jurídica:

Funciones (Ley 31/1990 y normativa de desarrollo):

Organización:

Recursos: presupuesto anual de unos 1.500 millones €; plantilla de unos 27.000 empleados (inspectores, técnicos, agentes, administrativos). Recaudación anual: alrededor del 90% de los ingresos tributarios del Estado (alrededor de 250.000 millones € en 2023).

Relaciones con el contribuyente: el Estatuto del Contribuyente (Carta de Derechos del Contribuyente, art. 34 LGT) recoge los derechos básicos: a ser informado, a ser tratado con respeto, a obtener devoluciones e ingresos indebidos, al carácter reservado de los datos, a no aportar documentos ya presentados, a la asistencia y representación, al acceso al expediente, a la grabación de actuaciones de inspección, etc.

Fuentes oficiales: Ley 31/1990 DA 17ª (BOE) · AEAT

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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