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Incendio

Categoría: Penal

Definición: Los delitos de incendio comprenden las conductas que provocan dolosa o gravemente imprudentemente la combustión de bienes y que ponen en peligro la vida, la integridad o el patrimonio. Se regulan en los arts. 351 a 358 bis del Código Penal y distinguen entre incendio común, incendio forestal y modalidades cualificadas con peligro para la vida.

Los delitos de incendio tutelan tanto la seguridad colectiva como bienes individuales (vida, integridad, propiedad, medio ambiente). El Código Penal distingue varias modalidades según el lugar y la peligrosidad.

Modalidades:

Características relevantes:

Concurso con otros delitos:

Investigación: las Brigadas de Investigación de Incendios Forestales (BIIF) de la Guardia Civil son especialistas en la determinación del foco, causa y autoría.

Fuentes oficiales: Código Penal (BOE) · Ley 43/2003 de Montes (BOE) · Ministerio para la Transición Ecológica

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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