Edición 2026 · Ranking editorial independiente

Silencio administrativo

Categoría: Administrativo

Definición: El silencio administrativo es la ficción legal por la que se atribuye un determinado sentido (positivo o negativo) a la falta de resolución expresa por la Administración dentro del plazo legalmente previsto. Su régimen general se encuentra en los arts. 24 y 25 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El silencio administrativo combate la inactividad de la Administración. La obligación de resolver expresamente subsiste (art. 21.1 Ley 39/2015), pero la falta de resolución en plazo produce los efectos del silencio.

Tipos:

Efectos:

Plazos máximos para resolver:

Acreditación del silencio: el interesado puede pedir certificado del silencio al órgano competente, expedible en 15 días (art. 24.4 Ley 39/2015).

Fuentes oficiales: Ley 39/2015 (BOE) · Buscador CENDOJ

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

Términos relacionados

Encuentra abogados especializados