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Rebeldía

Categoría: Penal

Definición: La rebeldía es la situación procesal del acusado que, encontrándose en busca y captura, no ha sido habido y no comparece ante el tribunal. En el proceso penal su régimen está en los arts. 834 a 846 de la LECrim e implica, por regla, la suspensión del juicio oral. En el proceso civil tiene un significado distinto: incomparecencia del demandado.

En el proceso penal, el régimen depende del tipo de procedimiento:

Consecuencias prácticas:

En el proceso civil, la rebeldía tiene otro significado (arts. 496-516 LEC):

Fuentes oficiales: LECrim (BOE) · LEC (BOE)

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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