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Sumario

Categoría: Penal

Definición: El sumario es la fase de instrucción del procedimiento ordinario por delitos graves, dirigida por el juez instructor y orientada a averiguar el hecho, identificar al responsable y asegurar las pruebas. Se regula en los arts. 299 a 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En procedimientos abreviados, su equivalente son las diligencias previas.

El sumario se aplica al procedimiento ordinario, reservado a delitos de mayor entidad (con pena máxima superior a 9 años). Sus principales actuaciones (arts. 326-388 LECrim): inspecciones oculares, identificación del cuerpo del delito, declaraciones de testigos e investigados, periciales, levantamiento del cadáver, careos, reconocimientos en rueda, autopsias, intervenciones de comunicaciones (arts. 588 bis-588 octies), entradas y registros (arts. 545-578).

Acto procesal central:

Garantías:

Conclusión del sumario:

Las partes (Ministerio Fiscal, acusación particular y popular, acusación privada) formulan sus escritos de calificación provisional con la prueba que proponen para el juicio.

Fuentes oficiales: LECrim (BOE) · Buscador CENDOJ

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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