Edición 2026 · Ranking editorial independiente

Capitulaciones matrimoniales

Categoría: Familia

Definición: Las capitulaciones matrimoniales son el contrato por el que los cónyuges (o futuros cónyuges) establecen, modifican o sustituyen el régimen económico de su matrimonio. Deben formalizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Civil para producir efectos frente a terceros (arts. 1.325 a 1.335 del Código Civil).

Las capitulaciones permiten a los cónyuges autorregular su economía matrimonial. Pueden otorgarse antes del matrimonio (capitulaciones prenupciales) o durante el matrimonio (capitulaciones postnupciales).

Regímenes económicos pactables:

Requisitos de forma (art. 1.327 CC):

Contenido posible: además del régimen económico, pueden incluir donaciones por razón de matrimonio (arts. 1.336-1.343 CC), pactos sobre el destino de bienes en caso de crisis y pactos sucesorios donde la ley aplicable lo admita (Cataluña, Aragón, Navarra, Baleares, Galicia, País Vasco).

Las capitulaciones pueden modificarse en cualquier momento por nueva escritura, sin afectar a los derechos ya adquiridos por terceros (art. 1.331 CC).

Fuentes oficiales: Texto legal en el BOE · Buscador CENDOJ — jurisprudencia

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

Términos relacionados

Encuentra abogados especializados