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Sujeto pasivo

Categoría: Fiscal

Definición: El sujeto pasivo es el obligado tributario que, según la ley, debe cumplir la obligación tributaria principal, así como las obligaciones formales inherentes a la misma, sea como contribuyente o como sustituto del mismo. Se regula en el art. 36 de la Ley 58/2003 General Tributaria.

El sujeto pasivo es uno de los obligados tributarios (categoría más amplia: retenedor, sustituto, responsable, sucesor) que se distingue por ser la persona principalmente obligada al cumplimiento de la prestación tributaria principal (pago del tributo). Su designación requiere ley formal.

Modalidades (art. 36 LGT):

Obligados tributarios distintos del sujeto pasivo:

Capacidad y representación (arts. 44-47 LGT): los obligados tributarios deben tener capacidad de obrar conforme al derecho privado. Los menores de edad y los incapacitados actúan a través de sus representantes legales; los no residentes pueden designar representante en territorio español.

Solidaridad: cuando concurran varios sujetos pasivos en un mismo presupuesto de hecho (art. 35.7 LGT), quedan solidariamente obligados frente a la Administración tributaria.

Fuentes oficiales: LGT Ley 58/2003 (BOE) · AEAT

Normativa aplicable

Fuente oficial (BOE)

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